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Tribunal · solo Pro
SII con CONST. Y ARRIENDO DE MAQUINARIAS RENTAL TEMUCO SpA
Fecha: 21-10-2024 · Materia: Artículo 97 N° 4 del CT · Juez: Orlando Iván Cuevas Reyes
RECHAZA No Ha Lugar
Tribunal confirma sanción por uso de 18 facturas electrónicas falsas para aumentar indebidamente crédito fiscal de IVA en períodos 2019-2021, infringiendo artículo 97 N°4 del Código Tributario.
La Constructora y Arriendo de Maquinarias Rental Temuco SpA declaró crédito fiscal mediante 18 facturas electrónicas falsas de 7 supuestos proveedores (JGP SpA, SHO SpA, Divinas SpA y otros) en períodos octubre 2019, enero 2020 y diciembre 2021. Las facturas corresponden a operaciones inexistentes por servicios de arriendo de maquinaria, traslados y colaciones. La contribuyente registró estos documentos en su Registro de Compras y Ventas y los declaró en Formularios 29, reduciendo su carga tributaria de IVA e incrementando costos para disminuir base imponible de Primera Categoría. Se acreditó
El tribunal analiza que la infracción del artículo 97 N°4 del Código Tributario requiere acreditar el aumento indebido del crédito fiscal del IVA. Se estableció mediante fiscalización que las 18 facturas son falsas: los proveedores carecían de maquinaria, herramientas o personal para prestar los servicios consignados; exhibían domicilios deshabitados o inexistentes; compartían representante legal; utilizaron idéntico certificado digital y dirección IP simultáneamente para emitir facturas en la misma fecha; y registraban declaraciones con créditos fiscales no respaldados superiores a sus compra
Se acogió la denuncia y se sancionó a la Constructora y Arriendo de Maquinarias Rental Temuco SpA por infracción del artículo 97 N°4 incisos 1° y 2° del Código Tributario, confirmando el aumento indebido del crédito fiscal del IVA mediante el registro y declaración de facturas electrónicas falsas en los períodos tributarios mencionados.
Temuco, veintiuno de octubre de dos mil veinticuatro.
VISTOS:
El acta de denuncia N°5 , de fecha 28 de noviembre de 2023 , notificada el 5 de diciembre del mismo año a doña DANIELA ALEJANDRA MUÑOZ P ÉREZ, cédula de identidad N°14.215.348-3, en su calidad de representante legal de la contribuyente CONSTRUCTORA Y ARRIENDO DE MAQUINARIAS RENTAL TEMUCO S.p.A. RUT 76.446.231-9, con actividad de construcción de obras civiles y arriendo de maquinaria pesada, domiciliada en Pasaje El Serval N°02179, Parque San Rosauro, comuna de Temuco, por las infracciones tributarias previstas y sancionadas en el artículo 97 N° 4 incisos 1° y 2° del Código Tributario, las que se configuran por el aumento indebido de crédito fiscal del Impuesto al Valor Agregado (IVA) durante los períodos tributarios mensuales de octubre de 2019, enero 2020 y diciembre 2021, en que declaró crédito fiscal mediante el registro y utilización de 18 facturas electrónicas falsas provenientes de 7 supuestos proveedores, por operaciones inexistentes, reduciendo la carga tributaria por concepto de I VA e incrementando sus costos con el propósito de determinar una menor base imponible afecta al Impuesto de Primera Categoría de la Ley de la Renta , materializado a través de la presentación de los formularios 22 folio 327465150 con fecha 13 de abril de 2020 y folio 61380771 con fecha 9 de noviembre de 2021 , correspondientes a los años tributarios 2020 y 2021, respectivamente. Se hace presente en el acta de denuncia que la contribuyente denunciada ha efectuado transformación societaria y en la actualidad se trata de una sociedad por acciones.
I.- Antecedentes del procedimiento de fiscalización:
Extracto del inicio del fallo. El texto completo continúa en la ficha.
Artículos citados:
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
Funnel transparente: cargando…
Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
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