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Tribunal · solo Pro
SII con Auto Munchen Limitada
Fecha: 03-12-2024 · Materia: Artículo 97 N° 4 del CT
RECHAZA Ha Lugar
Tribunal acoge denuncia por aumento malicioso de crédito fiscal mediante facturas ideológicamente falsas. Condena a Auto Munchen a multa de $50.486.003 por incorporar 61 facturas falsas de 6 proveedores irregulares en 16 períodos tributarios.
Auto Munchen Limitada, empresa de reparación de vehículos, incorporó en sus declaraciones de IVA (F29) facturas electrónicas de 6 proveedores (Votkinsk SpA ex Inversiones Metrix SpA, Zona de Servicios SpA, Autocapital SpA, Asesorías Corretajes e Inversiones Weimperger y Compañía Limitada, Sociedad de Inversiones y Comercializadora Cerro Blanco SpA, y Servicios Generales e Integrales MB SpA) entre marzo 2015 y marzo 2018. El SII detectó que dichos proveedores presentaban irregularidades: sin domicilio ubicado, sin trabajadores ni maquinaria, períodos sin declaración de IVA ni renta, relación dé
El tribunal constata que Auto Munchen actuó maliciosamente, registrando sistemática y reiteradamente facturas ideológicamente falsas en sus libros contables y declaraciones F29 durante 18 períodos tributarios. Los 6 proveedores carecían de capacidad real para ejecutar los servicios descritos (desabolladura, pintura, reparación automotriz): sin mano de obra, herramientas, maquinaria ni domicilio operativo. La conducta genera aumento indebido del crédito fiscal y disminución del IVA a pagar. No existe acreditación de la efectividad material de las operaciones ni cumplimiento del requisito del ar
Se acoge el Acta de Denuncia N°2 por infracción tributaria en inciso 2° del artículo 97 N°4 del Código Tributario. Se condena a Auto Munchen Limitada RUT 76.004.844-5 al pago de multa de $50.486.003 (100% del perjuicio causado). Se ordena al Director Regional del SII emitir giro de multa una vez ejecutoriada la sentencia.
“SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS
RUC: Rol · solo Pro
RIT: Rol · solo Pro
Cuantía Neta UTM: 996,29
Multa UTM: 0
Reajuste UTM: 0
Intereses UTM: 0
Cuantía Bruta UTM: 996,29
Santiago, tres de diciembre del dos mil veinticuatro.
VISTOS.
I. FASE DE DISCUSIÓN.
A. ACTA DE DENUNCIA.
A fojas 01 , con fecha 02 de noviembre de 2020, doña Vania Uarac, Directora
Regional de la Dirección Regional Santiago Norte del Servicio de Impuestos Internos (en adelante, el “Servicio”, “SII” o el “Denunciante”) , remitió a este Tribunal por medio del Ordinario N° 93/2020 el Acta de Denuncia N° 2 de fecha 28 de octubre de 2020 , por infracción al delito establecido en el inciso 2° del N° 4 del artículo 97 del Código Tributario, respecto del contribuyente AUTO MUNCHEN LIMITADA, RUT N° 76.004.844 -5 (en adelante indistintamente, el “Contribuyente”, “Denunciado” o “AUTO MUNCHEN”).
INDIVIDUALIZACIÓN DEL INFRACTOR Y SITUACIÓN TRIBUTARIA
Señala que, mediante el Informe de Fiscalización de Recopilación de Antecedentes N° 101 de fecha 27 de julio de 2020 e informe complementario N° 123 de fecha 20 de agosto de 2020 (en adelante el “Informe”), se expone y analiza la fiscalización efectuada al contribuyente AUTO MUNCHEN.
Agrega que, el contribuyente registra en la base de datos del SII inicio de actividades con fecha 18.12.2007, con los giros de actividad económica de Mantenimiento y reparación de vehículos automotrices. Con fecha 25.09.2015 realiza ampliación de giro a la actividad económica de explotación de estacionamientos de vehículos automotrices y parquímetros.
Tributa bajo el régimen general, con renta efectiva y contabilidad completa. En el sistema de clasificación de riesgo del Servicio registra riesgo a lto e inscripción en facturación electrónica el 24.08.2016 con sistema propio, según lo indicado en el Sistema de Integrado de Cumplimiento Tributario (en adelante “SICT”).
ANTECEDENTES E IRREGULARIDADES.
Extracto del inicio del fallo. El texto completo continúa en la ficha.
Artículos citados:
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
Funnel transparente: cargando…
Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
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