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Tribunal · solo Pro
Lagos Letelier con SII
Fecha: 04-12-2024 · Materia: Giro
RECHAZA+1.000M No Ha Lugar
Tribunal rechaza reclamación contra giros de impuestos emitidos en cumplimiento de fallo de Corte de Apelaciones que ordenó recalcular liquidaciones, confirmando validez de los giros.
Alejandro Lagos Letelier fue notificado el 30 de octubre de 2018 de dos giros de impuestos (números 2386849 y 2387451) por concepto de impuesto a la renta de primera categoría y global complementario, por montos de $394.358.512 y $508.040.662 respectivamente, con vencimiento al 30 de abril de 2014. Los giros se emitieron en cumplimiento de una sentencia de la Corte de Apelaciones de Santiago de 3 de mayo de 2018, que dejó sin efecto las liquidaciones 528-1 y 529-1 de 2014, ordenando su recálculo descontando $800.000.000 justificados en origen de fondos.
El tribunal estima que los giros cuentan con la autenticidad requerida, constatando en la notificación del 30 de octubre de 2018 el timbre SII N° 4045, nombre y firma de la fiscalizadora Raquel González Cantillana. Respecto de la falta de causa legal, el tribunal determina que la sentencia de la Corte de Apelaciones que ordenó recalcular las liquidaciones constituye el sustento legal de los giros. Descarta que la falta de dictación de un "cúmplase" invalide los giros, citando el artículo 24 del Código Tributario. Rechaza la prescripción argumentando que debió haberse alegado oportunamente en e
Se rechaza la reclamación y se confirman los giros números 2386849 y 2387451 de fecha 29 de octubre de 2018. No se condena en costas por existir motivo plausible para litigar.
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“LAGOS LETELIER CON SERVICIOS DE IMPUESTOS INTERNOS DIRECCIÓN REGIONAL”
RIT: Rol · solo Pro
RUC: Rol · solo Pro
Cuantía Neta UTM 18681,28
Multa UTM 0
Reajuste UTM 0
Intereses UTM 0
Cuantía Bruta UTM 18681,28
SANTIAGO, A CUATRO DE DICIEMBRE DEL DOS MIL VEINTICUATRO.
VISTOS.
A fojas uno comparece ALEJANDRO LAGOS LETELIER, abogado, Rut 5.279.901 -5, domiciliado en Agustinas 1022 oficina 405, Santiago, quien señala EN LO PRINCIPAL de su escrito de reclamo, que mediante notificación N° 181 -1 de fecha 30 de Octubre de 2018. Fue notificado por cédula de dos supuestos giros de impuestos emitidos por la Dirección Regional Metropolitana Santiago Centro del Servicio de Impuestos Internos. Uno con el número 2386849, por concepto de impuesto a la renta de primera categoría, ascendente a $394.358.512, cuyo vencimiento de pago habría si do el 30 de abril de 2014 y otro por concepto de Global 2
Complementario, número 2387451, ascendente a $508.040.662, con vencimiento de pago también el día 30 de abril de 2014, ambos emitido s el 29 de octubre de 2018.
Que, encontrándose dentro del plazo contemplado en el artículo 124 del Código
Tributario, deduce reclamación en contra de dichos giros, fundado en las consideraciones de hecho y de derecho siguientes:
Señala que en los giros mencionados no figura el nombre ni la firma del funcionario que los habría emitido, por orden del Director Regional Metropolitano competente, como lo exige la Iey; tampoco ellos cuentan con firma y código de barra que permita identi ficarlos como tales y , en consecuencia, no es posible saber nada acerca de la legalidad y autenticidad de ellos, de modo que no resulta evidente el imperio y exigibilidad de esos actos administrativos, de acuerdo con lo que dispone el cuerpo legal antes me ncionado y la ley 19.880 sobre Bases de los Procedimientos de la Administración, razones formales todas que autorizan dejarlos sin efecto por este Tribunal, lo que pide expresamente por esta reclamación.
Extracto del inicio del fallo. El texto completo continúa en la ficha.
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
Funnel transparente: cargando…
Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
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