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Tribunal · solo Pro
SII con PARRA VERA
Fecha: 27-12-2024 · Materia: Artículo 97 N° 4 del CT · Juez: Cristhian Eduardo Navarrete Cottet
ACOGE No Ha Lugar
Se rechaza el acta de denuncia por infracción al artículo 97 N°4 inciso 2 CT por no acreditarse el dolo y la malicia en la incorporación de facturas de Ferretería Lo Espinoza Ltda.
El SII denunció a Sergio Eden Parra Vera por haber registrado en agosto de 2019 tres facturas electrónicas emitidas por Ferretería Lo Espinoza Ltda. (facturas 54, 76 y 100 por $6.581.696 total) y declarado un crédito fiscal de $1.250.523, siendo estas facturas calificadas como ideológicamente falsas por operaciones inexistentes. El denunciado alegó buena fe, afirmando haber pagado en efectivo por dificultades de acceso a productos bancarios y que las ofertas fueron realizadas por David Neculman Soto sin levantarle sospechas.
El tribunal analizó la prueba y concluyó que, aunque existe abundante probanza sobre irregularidades de Ferretería Lo Espinoza Ltda., respecto del denunciado solo obran el Formulario 29 de agosto 2019 y las facturas registradas, siendo concordantes entre sí. El SII no puede atribuir conducta maliciosa basado únicamente en pago al contado en efectivo. Además, cuando el denunciado verificó las facturas en el portal del SII en noviembre 2022, estas aparecieron como 'Documento recibido por el SII. Datos coinciden con los registrados', sin alertas de proveedores irregulares. El tribunal determinó q
Se rechaza el Acta de Denuncia N°04/2022 por infracción al artículo 97 N°4 inciso 2 CT, se absuelve de sanción a Sergio Eden Parra Vera RUT 10.201.041-8, y se condena al pago de costas de modo que cada parte pague las suyas.
“SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS VERA, SERGIO EDEN”
RUC N° Rol · solo Pro
RIT N° Rol · solo Pro
Santiago, veintisiete de diciembre de dos mil veinticuatro.-
VISTOS:
A fojas 3, rola Ordinario N°92, de fecha 15/11/2022, de doña Vania Uarac Senn, Directora Regional de la XIX Dirección Regional Metropolitana Santiago Norte del Servicio de Impuestos Internos (en adelante, SII), mediante el cual remite Acta de Denuncia N°04/2022, de fecha 09/11/2022, respecto al contribuyente, don SERGIO EDEN PARRA VERA, Rol Único Tributario N°10.201.041-8, junto con documentación que detalla.
A fojas 4, rola Acta de Denuncia N°04/2022, de fecha 09/11/2022, mediante la cual don Edgardo Cona Dinamarca, funcionario de la X IX Dirección Regional Metropolitana Santiago Norte del SII , levanta y notifica dicha Acta de Denuncia a l contribuyente, don SERGIO EDEN PARRA VERA , Rol Único Tributario N°10.201.041-8, con giro instalaciones eléctricas, domiciliado en Manuel A. Matta N°0454, comuna de Quilicura, ciudad de Santiago, por haber incurrido en la infracción prevista en el artículo 97 N°4 inciso segundo del Código Tributario.
En el capítulo de su acta de denuncia titulado: “INDIVIDUALIZACIÓN DEL INFRACTOR” , se detalla y singulariza al contribuyente denunciado.
Extracto del inicio del fallo. El texto completo continúa en la ficha.
Artículos citados:
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
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Dos motivos principales:
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