Selecciona una ley y un artículo para ver su texto vigente.
Tribunal · solo Pro
CONSTRUCTORA REHUE LIMITADA con SII
Fecha: 27-06-2013 · Materia: Liquidación
RECHAZA Confirmatorio No Ha Lugar
Se rechaza reclamación de empresa constructora contra liquidaciones de IVA por falta de acreditación de requisitos legales para usar crédito especial de constructoras, tras incumplimiento en etapa de auditoría.
Constructora Rehue Ltda., empresa de construcción, imputó en declaraciones mensuales años 2010 y febrero-mayo 2011 el Crédito Especial de Empresas Constructoras por $64.755.208 y $1.820.457 respectivamente. El SII emitió Notificación 36 de marzo 2012 requiriendo antecedentes para acreditar el crédito especial. La empresa no comparecía en auditoría argumentando dificultades económicas y pérdida de documentación. Posteriormente emitió Citación 44 de mayo 2012. Al no obtener respuesta, se emitieron Liquidaciones 311-334 de julio 2012 que desconocieron el crédito especial por falta de acreditación
El tribunal establece que el crédito especial de empresas constructoras del artículo 21 DL 910 es una franquicia tributaria que debe interpretarse restrictivamente, requiriendo acreditación de todos los presupuestos legales: naturaleza del contrato, permiso de edificación, valor de inmuebles, topes de 4.500 y 225 UF. Conforme artículo 21 CT, corresponde al contribuyente probar con documentos y contabilidad la verdad de sus declaraciones. La empresa no aportó antecedentes durante auditoría ni en reclamo que acreditaran cumplimiento de requisitos. Los documentos presentados en reclamo fueron dec
Se rechaza la reclamación en todas sus partes. Se declara inadmisible la prueba documental acompañada por la reclamante. Se niega la presentación de declaraciones rectificatorias. Se confirman Liquidaciones 311-334 de julio 2012. No hay condena en costas por estimar motivos plausibles para litigar.
1
Temuco, veintisiete de junio de dos mil trece.-
VISTOS:
A fojas 1, comparece don MANUEL CARRILLO
FERNANDEZ, cédula de identidad N° 7.140.820-5, en representación según acredita de CONSTRUCTORA REHUE LTDA. con giro de Empresa Constructora, RUT N° 78.117.880-2, ambos con domicilio en calle Recreo N°50, de Temuco y para estos efectos en calle Arturo Prat N°350 , Oficina 511 de la misma ciudad , quién interpone reclamo en contra de las Liquidaciones 311 a 334 , de 23 de julio de 2012, emitidas por la IX Dirección Regional del Servicio de Impuestos Internos, que determinó diferencias de Impuesto al Valor Agregado, provenientes de créditos y débitos fiscales no acreditados ante el ente fiscalizador, como también de Crédito Especial de Empresas Constructoras, en las declaraciones mensuales del año 2010 y febrero y mayo de 2011.
Al efecto, el reclamante hace valer los siguientes argumentos de hecho y de derecho:
I.- LOS HECHOS:
Refiere que mediante Notificación N°36 de 16 de marzo de 2012, se le requirió para que aportara antecedentes a fin de acreditar el crédito especial de empresas constructora de los periodos enero de 2010 a diciembre de 2011. Señala que producto de la delicada situación económica por la que atraviesa la empresa que representa, debió hacer aban dono del inmueble donde desarrollaba sus actividades comerciales, ubicada en calle Recreo N° 50 de Temuco, y no pudo dar cumplimiento a los requerimientos formulados por el Servicio de Impuestos Internos , en razón de que la documentación respaldatoria solicitada se encontraba en dicho inmueble. Después de varias gestiones, señala, pudo recuperar la documentación que acredita la correcta utilización del Crédito Especial de Empresas Constructoras de los periodos ya referidos, por lo que adjunto a su reclamo acompaña dicha documentación y antecedentes.
Extracto del inicio del fallo. El texto completo continúa en la ficha.
Artículos citados:
Todos los fallos que publican los Tribunales Tributarios y Aduaneros, junto a las sentencias de Cortes de Apelaciones y Corte Suprema y los oficios, circulares y resoluciones del SII, fáciles de encontrar para tu caso. Actualizado a diario.
Acceso ilimitado a la jurisprudencia que necesitas.
Busca, abre y descarga todos los fallos que haga falta, sin límite.
Sentencias tributarias de segunda instancia y casación, y los requerimientos de inaplicabilidad sobre preceptos tributarios.
Cargando el buscador…
Selecciona una ley y un artículo para ver su texto vigente.
Busca, analiza y chatea con todos los fallos de los Tribunales Tributarios y Aduaneros de Chile.
Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
Funnel transparente: cargando…
Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
Selecciona Oficios, Circulares o Resoluciones en la barra lateral y luego un documento para ver su contenido completo.
Cubre más de 4.000 oficios, 830 circulares y 1.600 resoluciones del SII. Filtra por año o busca en materia, criterio y texto completo.