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Tribunal · solo Pro
INGENIERIA HOST FLIES EIRL con SII
Fecha: 22-01-2025 · Materia: Artículo 97 N° 10 del CT · Juez: Orlando Iván Cuevas Reyes
ACOGE Ha Lugar
Tribunal acoge reclamo contra infracción por no emisión de boleta electrónica, estimando insuficiente la prueba del pago de $500.000 por servicios de reparación vehicular.
Ingeniería Host Flies EIRL fue sancionada por no emitir boleta electrónica por servicio de reparación y mantención de vehículo por $500.000. La infracción se originó en denuncia de tercero ante el SII. Los funcionarios fiscalizadores visitaron el local del contribuyente, quien habría reconocido recibir $500.000 de abono. Sin embargo, no existía comprobante que acreditara tal pago, y el contribuyente negó en su reclamo haber recibido suma alguna.
El tribunal establece que en materia infraccional tributaria rige el principio de legalidad y garantías del derecho penal. La carga de prueba recae sobre el SII. Las denuncias de terceros pueden ser utilizadas con fines espurios, por lo que la administración debe actuar con cautela. La denuncia original no precisaba si existió pago. Los fiscalizadores no verificaron directamente la transacción de dinero, solo refirieron supuesto reconocimiento del infraccionado. La orden de trabajo por sí sola no prueba entrega efectiva de dinero. El art. 55 del DL 825 exige que boletas se emitan cuando la rem
Acoge reclamo de Ingeniería Host Flies EIRL. Deja sin efecto notificación de infracción N° 1448142 por insuficiencia probatoria del pago que fundamentaría la obligación de emitir boleta. No condena en costas.
Temuco, veintidós de enero de dos mil veinticinco.
VISTOS:
A fojas 1, comparece don Host Kevin Flies Kandalaf, c édula de identidad N° 17.494.810 -0, ingeniero civil electrónico, en representación de INGENIERIA HOST FLIES E.I.R.L. , RUT 77.131.495-3, ambos domiciliados en Aurora de Chile N° 4 de la ciudad de Angol, Región de la Araucanía, quien formula reclamo en contra de la actuación del Servicio de Impuestos Internos consistente en la notificación de infracción N° 1448142, de 22 de octubre de 2024, mediante la cual se cursa a la reclamante la infracción descrita y sancionada en el artículo 97 N° 10 del Código Tributario por la no emisión de documento tributario por servicios de reparación y mantención de vehículo, según los argumentos y fundamentos que se resumen a continuación:
1. Manifiesta que la infracción cursada tiene su origen en una denuncia formulada ante el Servicio de Impuestos Internos por don Miguel Angel Palta Sarmiento en contra de su empresa, no habiéndose verificado los antecedentes respectivos por parte de los funcionarios de dicha institución.
2. Al respecto, señala que su empresa es prestadora de servicios de ingeniería, habiendo concurrido el denunciante a su domicilio para realizar servicios de reparación y mantenimiento de un motor a combustión interna. Indica que por los servicios solicitados se acordó un precio de $1.310.190 según consta en la orden de trabajo REP20240222 -004228, el que fue aceptado por el denunciante, procediendo a iniciar el trabajo , comprometiéndose el cliente a realizar un abono de $500.000, lo que se indica en la orden de trabajo, pero indica que dicho pago nunca se efectuó ni tampoco el denunciante ha realizado algún pago hasta la fecha.
Extracto del inicio del fallo. El texto completo continúa en la ficha.
Artículos citados:
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
Funnel transparente: cargando…
Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
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