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Tribunal · solo Pro
Bravo Diaz de Valdés con SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS
Fecha: 23-01-2025 · Materia: Liquidación · Juez: Karla Liliana Ramos Narváez
RECHAZA+100M No Ha Lugar
Tribunal rechaza reclamo de contribuyente contra liquidaciones de impuestos por $240.734.902, desestimando vicios de competencia, procedimiento irregular y falta de acreditación del origen de fondos para inversiones en divisas.
Cristián Bravo Díaz de Valdés, factor comercio, reclamó contra Liquidaciones N° 1059-1061 del 30 de agosto de 2019 por impuestos a la renta de primera categoría, global complementario e impuesto único. Durante fiscalización del AT 2016, el SII cuestionó compras de divisas extranjeras por $311.630.112 realizadas por el contribuyente, siendo declarada una base imponible de solo $50.514.177. El contribuyente alegó que tales inversiones provenían de ingresos de la sociedad Sammit SpA en que participa mayoritariamente. El SII concluyó que no existía trazabilidad de fondos desde la empresa hacia la
El Tribunal analizó cinco alegaciones de nulidad: (1) Falta de competencia por emisión por funcionarios delegados cuando excede 400 UTA; (2) Procedimiento irregular e imparcialidad; (3) Falta de motivación; (4) Sanciones improcedentes; (5) Error en supuestos de hecho. Respecto a competencia, estimó que la delegación de facultades para emitir liquidaciones operó válidamente conforme a Resoluciones Ex. N° 3311/1996 y N° 968/1992. En cuanto al origen de fondos, concluyó que el contribuyente no aportó documentación suficiente (facturas de importación, libros de compras, de inventarios, mandato esp
Se rechaza el reclamo y se confirman las Liquidaciones N° 1059, 1060 y 1061 del 30 de agosto de 2019, por cuanto no se acreditaron los vicios invocados ni el origen lícito de los fondos para las inversiones cuestionadas.
EN SANTIAGO, A VEINTITRÉS DE ENERO DEL AÑO DOS MIL
VEINTICINCO.
La presente resolución contiene las fojas del expediente electrónico del sistema SACTA.
VISTOS:
El escrito de fecha 9 de abril del año 2020, rolante a fojas 1 y siguientes de autos, presentado por don FELIPE GAVILÁN NÚÑEZ, abogado, cédula de identidad número 13.685.242-6, en representación de don CRISTIÁN BRAVO DÍAZ DE VALDÉS, factor comercio, cédula de identidad número 16.354.756-2, ambos domiciliados para estos efectos en Génova N° 2016, oficina 11, comuna de Providencia, quienes en conformidad a lo establecido en el Procedimiento General de Reclamaciones dispuesto en los artículos 124 y siguientes del Código Tributario, interponen reclamo en contra de las Liquidaciones N° 1059 a 1061 de fecha 30 de agosto del año 2019, por concepto de Impuesto a la Renta de Primera Categoría, Impuesto Global Complementario e Impuesto Único del artículo 42° bis de la LIR por la suma total de $240.734.902, incluyendo intereses y reajustes, solicitando que éstas sean dejados sin efectos.
A modo de contexto, señala que el contribuyente corresponde a “factor comercio”, y que el giro informando ante el propio Servicio refiere a la de “Importación de artículos electrónicos y joyas de plata”, y que a raíz de esta actividad económica la reclamante junto a su padre Hermes Bravo Arriagada y su hermano Simón Bravo Díaz de Valdés constituyeron en el año 2013 la sociedad “Sammit SpA” con el fin de explotar este negocio, sobre la cual el contribuyente posee participación mayoritaria y con ello la administración de la misma.
Indica que la accionante igualmente posee participación en otras sociedades, por lo que esta empresa dista de ser la única fuente de ingresos y 1 por tanto éste percibe varias rentas tanto por utilidades distribuidas como en virtud de remuneraciones por su cargo.
Extracto del inicio del fallo. El texto completo continúa en la ficha.
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
Funnel transparente: cargando…
Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
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