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Tribunal · solo Pro
BTG PACTUAL CHILE SpA con SII
Fecha: 14-02-2025 · Materia: Liquidación · Juez: Luis Alfonso Pérez Manríquez
HA LUGAR EN PARTE+2.000M Ha Lugar en Parte
BTG Pactual Chile SpA reclama liquidaciones tributarias 2018 por diferencias en Impuesto Primera Categoría cuestionando el tratamiento del goodwill tributario, pérdidas de arrastre y otras deducciones.
BTG Pactual Chile SpA fue fiscalizada respecto de años tributarios 2015-2018. El SII notificó Liquidaciones N°123 y 124 de 09 de mayo de 2019 por diferencias de Impuesto Primera Categoría y artículo 21 LIR del AT 2018 por $1.283.090.626. El caso involucra goodwill tributario originado en fusión con Celfín Capital Rentas Limitada, deducción de pérdidas de arrastre, PPUA y ajustes por depreciación tributaria. La reclamante obtiene en AT 2015-2016 rebaja de 73% mediante Resolución Ex. 76.818 de 2017.
El tribunal debe analizar: (1) la procedencia del goodwill tributario derivado de la fusión y su depreciación; (2) validación de pérdidas tributarias de arrastre del AT 2018; (3) prescripción de la acción fiscalizadora para revisar el goodwill de años anteriores basada en doctrina de actos propios y confianza legítima, considerando que AT 2014 fue fiscalizado previamente según artículo 59 CT; (4) improcedencia de partida N°2 relativa a cargos y abonos de cuenta 8971020206 "Bonus"; (5) devolución por PPUA absorbidas AT 2018; (6) aplicación artículos 21, 32, 41 LIR.
Pendiente de resolución. El fallo está en fase de discusión. Debe determinarse si procede el reclamo respecto de las Liquidaciones N°123 y 124, acogiendo o rechazando los argumentos sobre goodwill tributario, pérdidas de arrastre, prescripción y devoluciones solicitadas.
“BTG PACTUAL CHILE SPA con SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS DIRECCIÓN
REGIONAL SANTIAGO ORIENTE”
RIT: Rol · solo Pro
RUC N°:Rol · solo Pro
CUANTIA
Cuantía Neta UTM 26032,06
Multa UTM 0
Reajuste UTM 702,87
Intereses UTM 5213,31
Cuantía Bruta UTM 31948,24
Santiago, catorce de febrero de dos mil veinticinco.
VISTOS:
I. FASE DE DISCUSIÓN:
A. Reclamo.
El reclamante presentó los siguientes fundamentos de hecho y de derecho:
UNO: Que, a folio 1 y siguientes del expediente electrónico, con fecha 08 de enero de 2020, comparece don MARIO SILVA POBLETE, abogado, Cédula Nacional de Identidad N°9.894.283-1, en representación de BTG PACTUAL CHILE SpA, RUT: 76.209.165-8, quien deduce reclamo tributario en contra de las LIQUIDACIONES N°s 123 y 124, de fecha 09 de mayo de 2019, emitidas por la XV Dirección Regional Metropolitana Santiago Oriente del Servicio de Impuestos Internos, por medio de las cuales se determinaron diferencias de impuestos por concepto de Impuesto de Primera Categoría de la Ley sobre Impuesto a la Renta, correspondiente al Año Tributario 2018 , diferencias por Impuesto Único del artículo 21 de la LIR, todo por la suma de $1.283.090.626.- de conformidad a los siguientes antecedentes de hecho y de derecho que expone:
El reclamante estructura su reclamo en el siguiente orden y desarrollo:
I.- ANTECEDENTES. 1
II.- CONSIDERACIONES PRELIMINARES.
III.- CONCEPTO DE GOODWILL – CONCEPTO DE GOODWILL TRUBUTARIO Y SU REGULACION ADMINISTRATIVA Y LEGAL EN CHILE.
IV.- EXPLICACIÓN DE LA OPERACIÓN COMERCIAL QUE DIO LUGAR AL GOODWILL
TRIBUTARIO Y ANTECEDENTES QUE LO RESPALDAN.
IV.- 1) Razones económicas y/ comerciales que motivaron la división de Celfín Capital S.A. y fusión entre BTG Pactual Chile SpA y la sociedad Celfín Capital Rentas Limitada.
IV.- 2) Documentación y antecedentes en cuya virtud resulta posible determinar el costo tributario de la inversión en la empresa fusionada y la procedencia del goodwill tributario.
Extracto del inicio del fallo. El texto completo continúa en la ficha.
Artículos citados:
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
Funnel transparente: cargando…
Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
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