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Tribunal · solo Pro
TARGETUP SPA con SII
Fecha: 25-02-2025 · Materia: Artículo 8 bis CT · Juez: Luis Alfonso Pérez Manríquez
RECHAZA No Ha Lugar
TARGETUP SPA reclama vulneración de derechos por bloqueo de emisión de documentos electrónicos mediante anotación causal 52. El tribunal rechaza el reclamo por considerar que el SII actuó dentro del marco legal y ya había autorizado folios electrónicos.
TARGETUP SPA fue objeto de una anotación causal 52 el 2 de febrero de 2024, que bloqueó la emisión de documentos electrónicos en la plataforma miPYME. El contribuyente interpuso recurso de resguardo administrativo que fue rechazado por Resolución Exenta 478 de 19 de febrero de 2024. Posteriormente, interpone reclamo por vulneración de derechos alegando que el bloqueo afectaba el normal desarrollo de sus operaciones. El SII posteriormente autorizó 3 folios de facturas electrónicas el 15 de febrero de 2024.
El tribunal reconoce que la anotación causal 52 es facultad de fiscalización del SII para control de cumplimiento de obligaciones tributarias. Considera que la anotación no constituye privación, perturbación ni amenaza ilegal de derechos, pues tiene fundamento en inconsistencias detectadas en información tributaria. Estima que las anotaciones se aplican de manera general a contribuyentes en situaciones similares. Destaca que el SII autorizó folios electrónicos el 15 de febrero, por lo que el acto supuestamente vulneratorio sería inexistente. Concluye que el Servicio actuó dentro del marco lega
Se rechaza en todas sus partes el reclamo por vulneración de derechos interpuesto por TARGETUP SPA. Se confirma la Resolución Exenta 478 de 19 de febrero de 2024 que rechazó el recurso de resguardo.
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“TARGETUP SPA con SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS, DIRECCIÓN REGIONAL
METROPOLITANA SANTIAGO ORIENTE”
RIT: Rol · solo Pro
RUC: Rol · solo Pro
CUANTIA: NO APLICA.
Santiago, veinticinco de febrero de dos mil veinticinco.
VISTOS:
DISCUSION.
RECLAMO.
A fojas 01 del expediente electrónico de autos, comparece don PATRICIO LEMUY en representación de TARGETUP SPA, RUT NRO. 76.645.559 -K ( sin el patrocinio de abogado habilitado para el ejercicio de la profesión ), quien con fecha 28 de febrero de 2024 interpuso reclamo en procedimiento por vulneración de derechos del Artículo 155 el Código Tributario, en contra de la Resolución Exenta Nro. 478 emitida el 19 febrero de l 2024 por la Dirección Regional Metropolitana Santiago Oriente del Servicio de Impuestos internos, que rechazó el recurso de resguardo intentado en sede administrativa para la sociedad reclamante.
El recurso de resguardo fue interpuesto a su vez, en contra de la anotación Nro. 52 que le fue emitida y registrada en los sistemas informáticos del SII, y que en versión de la sociedad 2 reclamante le impedía la emisión de documentos electrónicos para el ejercicio de su actividad económica.
Señala la sociedad reclamante que con fecha 2 de febrero de 24 se habría ingresado una observación, con lo cual se bloqueó la emisión de documentos electrónicos mediante la plataforma mi PYME.
Extracto del inicio del fallo. El texto completo continúa en la ficha.
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
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