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Tribunal · solo Pro
ELSTER GEVERT con SII
Fecha: 27-02-2025 · Materia: Giro · Juez: Dora Luisa Bastía Santander
RECHAZA+100M No Ha Lugar
Se rechaza reclamo tributario por pérdida de causa de pedir al acogerse la reclamante al artículo decimotercero transitorio de la Ley 21.713, suscribiendo convenio de pago con Tesorería General de la República respecto del giro reclamado.
Pablo Elster Gevert dedujo reclamo tributario en procedimiento general en contra del Giro Folio N° 62267940, emitido por el SII el 03.01.2023 por monto de $301.345.809. Durante la tramitación del juicio, la reclamante presentó escrito indicando que había suscrito convenio de pago con la Tesorería General de la República conforme al artículo decimotercero transitorio de la Ley 21.713, solicitando al tribunal reconocer el giro y dar por terminado el juicio. El SII, en traslado conferido, no se opuso a la solicitud, señalando que el juicio había perdido su objetivo.
El tribunal consideró que, al haberse la reclamante acogido al artículo decimotercero transitorio de la Ley 21.713 y suscrito convenio de pago con la Tesorería General de la República respecto del giro reclamado, el fundamento inmediato de la acción deducida no persiste, decayendo la causa y objeto pedido. En virtud de lo dispuesto en los artículos 132 y 148 del Código Tributario, el tribunal procedió a rechazar el reclamo por carecer de causa de pedir y consecuentemente de objeto pedido.
Se rechaza el reclamo de 29.03.2023 por falta de causa de pedir y objeto pedido. Se declara que cada parte pagará sus propias costas. Se notifica por carta certificada.
MGG
ELSTER GEVERT con XV D.R.M. STGO. ORIENTE DEL SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS
Rol · solo Pro
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En Providencia, a veintisiete de febrero de dos mil veinticinco.
VISTOS Y CONSIDERANDO: Que, advirtiendo el Tribunal que en parte de la resolución de fecha veinte de febrero de dos mil veinticinco de autos existe un error, en uso de las facultades contenidas en el inciso cuarto del artículo 84 del Código de Procedimiento Civil, aplicables en virtud de la remisión establecida en el artículo 148 del Código Tributario: CORRÍGESE en el siguiente sentido:
Donde dice: “autos para fallo.”
Debe decir: “CÍTASE A LAS PARTES A OÍR SENTENCIA”
Rija en todo lo demás.
Forme parte la presente resolución, de la que por este acto se corrige.
VISTOS:
El escrito de 29.03.2023, en que comparece don Pablo Escríbano Guzmán
C.I. N° 16.143.401-9, abogado, en representación convencional del reclamante don PABLO ELSTER GEVERT , RUT N° 6.061.173-4, domiciliado en Francisco Aguirre 3720 oficina 7, comuna de Vitacura, Región Metropolitana, quien deduce reclamo tributario en Procedimiento General de Reclamación en contra del Giro Folio N° 62267940, emitido con fecha 03.01.2023, por el monto de $301.345.809, emitido por el Servicio de Impuestos Internos, RUT N° 60.803.315-7, representado en autos por doña María José Castillo Vejar , C.I. N° 14.213.044-0, ambos domiciliadas en General del Canto N° 281, piso 5, oficina N° 503 -504, comuna de Providencia, Región Metropolitana.
MGG
Rola en autos:
Extracto del inicio del fallo. El texto completo continúa en la ficha.
Artículos citados:
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
Funnel transparente: cargando…
Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
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