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Tribunal · solo Pro
SALGADO OSSES con SII
Fecha: 06-03-2025 · Materia: Giro · Juez: Luis Alfonso Pérez Manríquez
RECHAZA No Ha Lugar
Tribunal desestima reclamación por nulidad de giro tributario, rechazando argumentos sobre desviación de poder y falta de fundamentación del SII.
Pablo César Salgado Osses, empresario RUT 16.254.158-7, interpone reclamación por nulidad de derecho público tributario en contra del Giro N° 2683304, emitido por el SII el 30 de junio de 2021 y notificado el 9 de julio de 2021, referente al periodo impositivo de enero de 2018. Reclamante alega desconocer los fundamentos del giro y sostiene que según información oficial del SII no existen cuestiones pendientes. Argumenta que el acto adolece de omisiones esenciales impidiendo adecuada defensa.
El tribunal analiza la competencia de los Tribunales Tributarios y Aduaneros conforme a ley 20.322, estableciendo su competencia exclusiva en materias tributarias. Examina la nulidad de derecho público tributario como sanción de ineficacia jurídica cuando faltan requisitos esenciales del acto administrativo. Aplica artículo 11 de ley 19.880 sobre expresión de hechos y fundamentos en actos administrativos, artículo 13 sobre no formalización, y artículo 8 bis N° 4 letra a) del Código Tributario garantizando derecho a actuaciones fundadas. Analiza vicios alegados: desviación de poder, falta de fu
El tribunal se declara competente y resuelve sobre la reclamación de nulidad presentada contra el Giro N° 2683304 del SII, evaluando los vicios alegados según normativa de nulidad de derecho público tributario.
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“SALGADO OSSES con SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS DIRECCION
REGIONAL STGO ORIENTE”
Rol · solo Pro
Rol · solo Pro
Cuantía Neta UTM 126,9
Multa UTM 133,12
Reajuste UTM 13,96
Intereses UTM 0
Cuantía Bruta UTM 273,98
Santiago, seis de marzo de dos mil veinticinco.
VISTOS:
A folio 1 -50 comparece don PABLO CESAR SALGADO OSSES, empresario, RUT Nº 16.254.158-7, domiciliado en calle en Alonso de Córdova 5870, oficina 513, Comuna de las Condes, interpuso reclamo por Nulidad de Derecho Público Tributaria (NDPT) en contra del Giro Nº 2683304, de fecha 30 de junio de 2021, emitido y firmado Electrónicamente por Julio Enrique Gómez Raipan, Jefe Departamento de Sistemas de Fiscalización, Subdirección de Fiscalización del Servicio de Impuestos Internos (SII), notificado el 9 de julio de 2021, por los argumentos que expone.
I.- LEGITIMACIÓN ACTIVA y PROCEDIMIENTO.
La reclamante interpone acción conforme al artículo 124 y siguientes del Código Tributario, argumentando la existencia de un interés actual en el litigio. Sostiene que el giro individualizado emitido en su contra vulnera gravemente sus derechos constitucionales, legales y patrimoniales.
Asimismo, fundamenta su reclamación en el inciso final del artículo 38 de la Constitución Política de la República, que garantiza a toda persona la facultad de recurrir ante los tribunales cuando sus derechos han sido lesionados por la Administración del Estado, sus organismos o las municipalidades.
Alega poseer legitimación activa y amparo en el derecho fundamental a la tutela judicial efectiva, solicitando la intervención de este tribunal para la protección de sus derechos. II.- TRIBUNAL COMPETENTE.
Extracto del inicio del fallo. El texto completo continúa en la ficha.
Artículos citados:
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
Funnel transparente: cargando…
Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
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