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Tribunal · solo Pro
SUN International Chile SPA con SII
Fecha: 10-03-2025 · Materia: Liquidación · Juez: Luis Alfonso Pérez Manríquez
RECHAZA+27.000M No Ha Lugar
Reclamo de SUN International Chile SpA contra liquidaciones de impuesto de primera categoría por diferencias originadas en aporte de acciones a SUN LATAM con error en valorización subsanado mediante escritura de saneamiento.
SUN International Chile SpA aportó 89.999 acciones de NOVOSUN a SUN LATAM el 26 de mayo de 2016, valorizadas inicialmente en $178.432.365.654. Posteriormente, el 7 de diciembre de 2016, los accionistas sanearon la escritura corrigiendo la valorización al costo tributario de $131.859.770.661. El SII emitió Citación N°84 el 9 de diciembre de 2019 requiriendo documentación sobre el costo tributario. Con fecha 31 de agosto de 2020, el SII notificó Liquidaciones N°62 y 63 determinando diferencias de impuesto de primera categoría por $11.199.247.859 más intereses y multas, desconociendo la validez d
El tribunal examina si las liquidaciones son válidas considerando que: (1) existe error en la escritura original del aumento de capital en cuanto a la valorización de las acciones aportadas; (2) los accionistas de SUN LATAM sanaron el error mediante acta de junta extraordinaria de accionistas del 7 de diciembre de 2016 reducida a escritura pública, corrigiendo la valorización al costo tributario; (3) la escritura de saneamiento se encontraba en poder del SII con anterioridad a la emisión de la Citación N°84, habiendo sido acompañada reiteradamente por la empresa; (4) el SII omitió deliberadame
Pendiente de decisión en la sentencia. El fallo presentado corresponde a la fase de discusión del reclamo donde se exponen los fundamentos de hecho y derecho del reclamante, solicitando se dejen sin efecto las Liquidaciones N°62 y 63 de 31 de agosto de 2020.
“SUN INTERNATIONAL CHILE S.P.A con SII, DIRECCION DE GRANDES
CONTRIBUYENTES”.
RIT: Rol · solo Pro
RUC: Rol · solo Pro.
CUANTIA
Cuantía Neta UTM 215349,44
Multa UTM 6036,57
Reajuste UTM 18267,47
Intereses UTM 140170,15
Cuantía Bruta UTM 379823,63
Santiago, diez de marzo de dos mil veinticinco.
VISTOS:
I. FASE DE DISCUSIÓN:
A. Reclamo
El reclamante presentó los siguientes fundamentos de hecho y de derecho:
UNO: Que, a folio 1 y siguientes del expediente electrónico, con fecha 08 de junio de 2021, comparece don DIEGO GARCIA PUJOL, abogado, cédula de identidad N°8.449.017-2, en representación convencional, según se acreditará, de SUN International Chile SpA, RUT N? 76.815.350-7, quien deduce reclamo tributario en contra de las Liquidaciones N°62 y 63, de 31 de agosto del año 2020, emitidas por el Área de Casos Especiales de la Dirección de Grandes Contribuyentes del Servicio de Impuestos Internos por medio de la cual se liquidan a su representada, diferencias de impuesto de primera categoría por un total de $11.199.247.859.- más intereses y multas, solicitando dar curso al presente reclamo, acogerlo a tramitación y, en definitiva, acogerlo en todas sus partes, dejando sin efecto las liquidaciones, en razón de los antecedentes de hecho y de derecho que se exponen a continuación:
I ANTECEDENTES DEL RECLAMO. 1
A. CONTEXTO DE LA REORGANIZACIÓN EMPRESARIAL. APORTE DE CAPITAL
DE ACCIONES. ERROR EN LA INDIVIDUALIZACIÓN DEL APORTE.
Extracto del inicio del fallo. El texto completo continúa en la ficha.
Artículos citados:
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
Funnel transparente: cargando…
Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
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