Selecciona una ley y un artículo para ver su texto vigente.
Tribunal · solo Pro
ISAPRE VIDA TRES S A con SII
Fecha: 17-03-2025 · Materia: Liquidación · Juez: Dora Luisa Bastía Santander
OTRO
Tribunal da por terminado juicio de ISAPRE Vida Tres S.A. contra SII por aplicación del artículo duodécimo transitorio de Ley 21713, reconociendo deuda tributaria con condonación total de intereses y multas.
ISAPRE Vida Tres S.A. mantenía gestión judicial pendiente por reclamo de giro o liquidación de tributos ante Tribunal Tributario y Aduanero. Las partes utilizaron el procedimiento de término de gestiones judiciales establecido en la Ley 21713, siendo validado por Resolución EX. SII N°22 de 03 de marzo de 2025.
El artículo duodécimo transitorio de Ley 21713 permite a contribuyentes con gestiones judiciales pendientes por reclamos de giros o liquidaciones iniciadas antes de 01.01.2024, poner término a dichas gestiones reconociendo la deuda tributaria debidamente reajustada, a cambio de condonación total de intereses y multas por SII. Las partes resolvieron el conflicto conforme a este procedimiento distinto, por lo que el Tribunal no emite pronunciamiento sobre alegaciones de fondo. Habiéndose cumplido los numerales 1, 2 y 3 del artículo duodécimo transitorio, la controversia ha desaparecido siendo va
Dase por terminada la causa conforme artículo duodécimo transitorio Ley 21713. Se considera la presente acta como sentencia ejecutoriada. Se archivan los autos.
MGG
ISAPRE VIDA TRES S . A. con DIRECCIÓN DE GRANDES CONTRIBUYENTES
DEL SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS
Rol · solo Pro
Rol · solo Pro
En Providencia, a diecisiete de marzo de dos mil veinticinco.
Por ingresado a mi despacho con esta fecha:
Al escrito de 04.03.2025 N° 68771 presentado mediante la Oficina Judicial Virtual (OJV) por apoderada con poder suficiente según da autorización de poder de 30.10.2023 y resolución de 10.11.2023:
A LO PRINCIPAL: Téngase presente. A la solicitud de levantar el acta correspondiente: ESTÉSE a lo que se resolverá.
AL OTROSÍ: Como se pide. Ténganse por acompañados los documentos individualizados.
A los autos certificado emitido por la OJV.
AUTOS PARA RESOLVER.
ACTA DE TÉRMINO DE GESTIONES JUDICIALES
Artículo duodécimo Transitorio de la Ley 21713
VISTOS Y CONSIDERANDO:
PRIMERO: Que, el artículo citado prescribe que los contribuyentes que a la entrada en vigencia de la presente Ley mantengan gestiones judiciales pendientes por reclamos de giros o liquidaciones de tributos ante Tribunales Tributarios y Aduaneros, Cortes de Apelaciones o Corte Suprema, por una única vez entre el primer día del mes siguiente al de publicación de la presente ley y el 31 de diciembre de 2024, podrán poner término a dichas gestiones judiciales siempre que se hayan iniciado antes del 1 de enero de 2024, sobre la base que, reconociendo la deuda tributaria debidamente reajustada, se les conceda una condonación total de intereses y multas por parte del Servicio de Impuestos Internos.
Extracto del inicio del fallo. El texto completo continúa en la ficha.
Encuentra fallos de tribunales, criterios del SII y leyes tributarias desde un mismo sitio. Busca por texto y filtra cada fuente para llegar antes al documento que necesitas.
Empezar a buscarAcceso ilimitado a la jurisprudencia que necesitas.
Busca, abre y descarga todos los fallos que haga falta, sin límite.
Busca, analiza y chatea con todos los fallos de los Tribunales Tributarios y Aduaneros de Chile.