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Tribunal · solo Pro
INVERSIONES CONSOLIDADAS LIMITADA con SII
Fecha: 20-03-2025 · Materia: Liquidación · Juez: Luis Alfonso Pérez Manríquez
HA LUGAR EN PARTE+1.000M Ha Lugar en Parte
Reclamo de Inversiones Consolidadas contra liquidación que aumentó impuesto único del artículo 21 LIR por diferencias en costos tributarios de inversiones nacionales y extranjeras, honorarios de asesorías rechazados.
Inversiones Consolidadas Limitada reclamó la Liquidación N°27 del 18 de enero de 2021, emitida por la Dirección de Grandes Contribuyentes del SII. La liquidación rebajó la pérdida declarada de $-4.870.717.605 a $-4.618.846.475, disminuyó PPUA con derecho a devolución de $825.780.912 a $788.206.364, y aumentó el impuesto único del artículo 21 de $22.032.889 a $572.185.297, resultando un monto a reintegrar histórico de $608.885.126 más reajustes e intereses por $1.224.315.766. La reclamante cuestiona diferencias en costos tributarios de inversiones en Arizona, Alabama, Blue Lagoon, Punta Lagunil
La reclamante argumenta que los costos tributarios de las inversiones fueron calculados conforme al artículo 17 N°8 y 41 N°8 de la LIR, considerando la corrección monetaria de la inversión al momento de la división de sociedades, siendo idéntica la suma de costos de las sociedades divididas al costo previo a la división. Respecto de las remesas al extranjero, sostiene que aportó cartas de instrucción de transferencia y escrituras públicas de aumento de capital, acreditando la materialidad de la inversión en Argentina y su conformidad con legislación extranjera. En cuanto a honorarios de asesor
El texto corresponde a los antecedentes de la demanda presentada por la reclamante, sin incluir la resolución del tribunal. No se presenta la parte dispositiva del fallo en el documento reproducido.
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“INVERSIONES CONSOLIDADAS LIMITADA con SERVICIO DE IMPUESTOS
INTERNOS DIRECCION GRANDES CONTRIBUYENTES”.
RIT: GR-15-00066 -2021
RUC: 21-9-0000367 -1
Cuantía Neta UTM 11754,99
Multa UTM 7405,65
Reajuste UTM 587,75
Intereses UTM 3887,96
Cuantía Bruta UTM 23636,35
Santiago, veinte de marzo de dos mil veinticinco.
VISTOS:
A fojas 01 comparece don Carlos Martínez Concha, abogado, en representación de la sociedad INVERSIONES CONSOLIDADAS LIMITADA (en adelante también ICL), Rol
Único Tributario N°96.536.010-7, ambos domiciliados para estos efectos en Av. Presidente Riesco N°5.435, piso 4, ciudad de Santiago, interponiendo reclamo tributario en contra de la Liquidación N°27, emitida el 18 de enero de 2021, por el Departamento de Fiscalización de Grandes Empresas Nacionales, Grupo de Auditoría N°3 de la Dirección de Grandes Contribuyentes del Servicio de Impuestos Internos, acto administrativo que rebajó la pérdida declarada de $-4.870.717.605.- a $-4.618.846.475.-, disminuyó el monto de PPUA con derecho a devolución de $825.780.912.- a $788.206.364.- y determinó un impuesto único del artículo 21 de la LIR mayor al declarado originalmente por la Compañía, aumentándolo de $22.032.889 a $572.185.297, monto del cual se rebajó la devolución de PPUA, resultando un impuesto a reintegrar histórico de $608.885.126 .-más reajustes e intereses , que a la fecha de emisión de la liquidación ascendía a $1.224.315.766.-. La reclamante solicita que la Liquidación reclamada se deje sin efecto , fundado en las siguientes razones: 2
REFERENCIA N°1: INVERSIONES TRIBUTARIAS NACIONALES
Extracto del inicio del fallo. El texto completo continúa en la ficha.
Artículos citados:
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
Funnel transparente: cargando…
Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
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