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Tribunal · solo Pro
Aconcagua S.A. con SII
Fecha: 21-03-2025 · Materia: Liquidación · Juez: Luis Alfonso Pérez Manríquez
RECHAZA+9.000M No Ha Lugar
Reclamación tributaria de Aconcagua S.A. contra liquidaciones de impuestos a la renta AT 2016 Nº68 y 69, parcialmente modificadas por RAV 110.501.
Aconcagua S.A. presentó declaración de renta AT 2016 solicitando devolución de $379.311.313. El SII practicó observaciones mediante cartas de fecha 20/05/2016 y 24/11/2016, sin indicar día ni hora para comparecencia. Mediante notificación folio 111858 de 04/04/2017 se citó a la empresa para aclarar observaciones. La empresa no comparecio dentro del plazo. Se practicó Citación 99 de 19/05/2017. La empresa presentó contestación el 10/07/2017 y escritos complementarios posteriores. Finalmente se emitieron Liquidaciones 68 y 69 de 29/08/2019, notificadas por mail el 30/08/2019. La empresa presentó
El tribunal conoce de reclamo tributario interpuesto conforme a artículos 123 y siguientes del Código Tributario. La empresa compareció dentro de plazo con interés patrimonial comprometido. Se analizan observaciones practicadas a la declaración original, el proceso de fiscalización en el programa Renta Masiva AT 2016, las presentaciones de la empresa durante la etapa de fiscalización aportando documentación contable y tributaria, así como la resolución administrativa de reposición que acogió parcialmente la solicitud de RAV. El tribunal debe evaluar si las liquidaciones fueron correctamente fu
Se resuelve el reclamo tributario interpuesto por Aconcagua S.A. contra las Liquidaciones 68 y 69 de 29/08/2019, considerando la modificación parcial efectuada por Resolución Exenta 110.501 de 17/02/2020.
“ACONCAGUA S.A. con SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS DIRECCION
GRANDES CONTRIBUYENTES”
RIT: Rol · solo Pro
RUC: Rol · solo Pro
Cuantía Neta UTM 74696,14
Multa UTM 0,04
Reajuste UTM 6423,87
Intereses UTM 48671,99
Cuantía Bruta UTM 129792,04
Santiago, veintiuno de marzo de dos mil veinticinco
VISTOS:
Que, a folios 1 y siguientes del expediente electrónico, comparece doña YANET FONTANEZ CARRASCO, chilena, abogado, RUT Nº14.417.667-7, actuando como mandatario judicial de ACONCAGUA S.A., Rol Único Tributario Nº76.121.363-6, ambos domiciliados en Avenida Presidente Riesco Nº 5335, piso 11, comuna Las Condes, Región Metropolitana, quien, estando dentro de plazo y existiendo además un interés actual comprometido de carácter patrimonial, y de conformidad con lo establecido en los artículos 123 y siguientes del Código Tributario, interpone Reclamo Tributario en contra de las Liquidaciones Nº68 y 69, de fecha 29 de Agosto del 2019, notificadas por mail con fecha 30 de Agosto del 2019, emitidas por el Director de Grandes Contribuyentes don Bernardo Seaman González, don Pablo Calderón Torres, Jefe Depto. Fiscalización Grandes Empresas Nacionales, doña Cecilia Cheuque Cifuentes Jefa de Grupo, doña Karla Sánchez Dinamarca Fiscalizadora, y doña Karina Ruiz Bakhurin Abogado, todos de Grandes Empresas Nacionales de la Dirección de Grandes Contribuyentes del Servicio de Impuestos Internos.
Señala que estas Liquidaciones de Impuestos, fueron modificadas en parte por el Director de Grandes Contribuyentes de la Dirección de Grandes Contribuyentes del Servicio de Impuestos Internos, mediante la Resolución Exenta Nº 110.501 (RAV), de fecha 17 de Febrero del 2020, que fuera notificada por mail con esa misma fecha, y que determino acoger en parte la solicitud de RAV y determino finalmente las siguientes diferencias de índole impositiva: 1.- ANTECEDENTES. (Al Proceso de Fiscalización por la Declaración de Impuesto a la Renta AT 2012. 1
Extracto del inicio del fallo. El texto completo continúa en la ficha.
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
Funnel transparente: cargando…
Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
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