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Tribunal · solo Pro
ITAU ADMINISTRADORA GENERAL DE FONDOS SA con SII
Fecha: 04-04-2025 · Materia: Artículo 109 del CT
RECHAZA No Ha Lugar
Se rechaza reclamo de ITAU AGF contra infracción por entrega tardía de declaración CRS 2022. Tribunal confirma que el incumplimiento de entregar información de manera oportuna configura infracción sancionada con 1 UTA por cuenta, sin aplicación de atenuantes.
ITAU Administradora General de Fondos S.A., institución financiera, estaba obligada a presentar declaración jurada sobre cuentas financieras relacionadas con residentes en el extranjero para el año 2022, con plazo máximo al 30 de junio de 2023. La empresa presentó la declaración recién el 24 de junio de 2024, modificándola el 28 de junio de 2024, informando 47 cuentas financieras. El SII le notificó denuncia de infracción el 29 de agosto de 2024 por incumplimiento de entregar la información de manera oportuna y completa.
El tribunal constata que la reclamante incurrió en la infracción establecida en el artículo 62 ter del Código Tributario al no entregar la información en la oportunidad debida. La norma establece una sanción única y fija de 1 UTA por cada cuenta no informada oportunamente, con tope de 500 UTA, sin facultad discrecional para atenuaciones. La denuncia contiene fundamentación tanto de hechos como de derecho, permitiendo que la contribuyente conociera ciertamente la conducta sancionada. El legislador no distinguió entre no presentar y presentar tardíamente, siendo esta una cuestión fuera de la com
Se rechaza íntegramente el reclamo y se confirma la Denuncia de Infracción Folio 1414917 de 29 de agosto de 2024. Se ordena al Director Regional XV del SII disponer el cumplimiento administrativo de lo resuelto. Cada parte paga sus propias costas.
“ITAU ADMINISTRADORA GENERAL DE FONDOS S.A. con SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS
RUC N° Rol · solo Pro
RIT N° Rol · solo Pro
Santiago, cuatro de abril de dos mil veinticinco.-
VISTOS:
En su libelo de fojas 3, comparece don Cristián Toro Cañas, abogado, cédula nacional de identidad N°10.983.218-9, como representante de ITAU ADMINISTRADORA GENERAL DE FONDOS S.A. , (en adelante AGF) RUT N°96.980.650-9, sociedad del giro de su denominación, ambos domiciliados en Avda. Presidente Riesco N°5537, piso 13, comuna de Las Condes, quien interpone reclamo en contra de la Denuncia de Infracción, Formulario 3294, Folio N°1414917, de fecha 29/08/2024, (en adelante la d enuncia), por la infracción prevista en el inciso quinto del artículo 62 ter del Código Tributario y solicita que, en definitiva se acoja en todas sus partes, y se deje sin efecto la infracción cursada, de acuerdo a los siguientes argumentos de hecho y derecho que expone.
En el apartado I. de su libelo denominado: “ANTECEDENTES DE HECHO”, explica que la Dirección de Grandes Contribuyentes del Servicio de Impuestos Internos (en adelante el SII), le emitió el 29 de agosto de 2024, la Denuncia, mediante la cual se informó a mi representada, que había incurrido en la infracción contenida en el inciso quinto del artículo 62 ter del Código Tributario la que se funda en la entrega tardía de la Declaración Jurada sobre Cuentas Financieras Relacionadas con Personas con Residencia Tributaria en el Extranjero, correspondiente al año comercial 2022.
Extracto del inicio del fallo. El texto completo continúa en la ficha.
Artículos citados:
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
Funnel transparente: cargando…
Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
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