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Tribunal · solo Pro
MONSALVES LI con SII
Fecha: 11-07-2013 · Materia: Liquidación · Juez: Anselmo Iván Cifuentes Ormeño
ACOGE+100M Ha Lugar
Contribuyente reclama liquidaciones tributarias por diferencias de caja no justificadas, argumentando que las inversiones en bienes raíces fueron financiadas con créditos bancarios hipotecarios, no con rentas declaradas.
Milenko Pantich Monsalves Li fue citado por el SII mediante citación N°2015 de abril de 2012, por la observación de que el origen de fondos para inversiones en dos bienes raíces (roles 002-00040 por $100.000.000 y 183-0001 por $120.000.000) no guardaba relación con rentas declaradas. El SII emitió liquidaciones N°6745 y N°6746 de julio de 2012, determinando diferencias de impuesto Global Complementario por $38.799.854 y de primera categoría 2009 por $29.164.499, basadas en diferencias de caja mensuales no justificadas de enero a junio de 2008, totalizando $116.341.380 con intereses.
El tribunal constató que el reclamo fue interpuesto dentro de plazo legal y que el SII no contestó el traslado conferido. Se recibió extensa prueba documental incluyendo escrituras públicas de compraventa, certificados de hipotecas, cartolas bancarias del BCI y Banco Santander, y declaraciones de renta del año tributario 2009. El reclamante acreditó mediante documentación que las propiedades fueron adquiridas con créditos hipotecarios y comerciales de instituciones financieras, garantizados con hipotecas a favor de los bancos emisores, y que no provenían de flujos propios de la actividad empre
Pendiente de resolución en el texto proporcionado. El tribunal decretó autos para fallo a fojas 153, pero la parte dispositiva no aparece en el fragmento suministrado.
1
Concepción, once de julio de dos mil trece.
VISTOS:
Que, a fojas 6 y siguientes, con fecha 16 de noviembre de dos mil doce, comparece don Milenko Pantich Monsalves Li , empresario, RUT 14.419.089-0, domiciliado en la comuna de Concepción, calle O´Higgins 1337, quien interpone reclamo en contra de las Liquidaciones N°s 6745 y 6746 , de fecha 30 de julio de dos mil doce, de acuerdo a los siguientes fundamentos de hecho y derecho:
Señala que con fecha 30 de abril de 2012, el Servicio de Impuestos Internos le envió la citación N° 2015, en donde se le formula la observación “El origen de los fondos con que se efectuaron las siguientes inversiones, desembolsos o gastos, no guardan relación con las rentas declaradas”. Estas inversiones corresponden a los siguientes bienes raíces:
• Rol 002-00040, monto inversión de $100.000.000, en la comuna de Concepción, con fecha 29/01/2008.
• Rol 183-0001, monto inversión de $120.000.000, en la comuna de Concepción, con fecha 30/04/2008.
Agrega que, con fecha 30 de j ulio de 2012, el Servicio de Impuestos Internos le envía las Liquidaciones N°s 6745 y 6746, en donde se detalla, a través de hoja de trabajo adjunta a la liquidación, de las diferencias mensuales desde enero de 2008 hasta junio de 2008, que se producen por diferencias de caja no justificadas. Lo que da como resultado, las diferencias mencionadas en liquidación 6745 por $38.799.854 , que corresponde a diferencia de impuesto Global Complementario, y de liquidación 6746 por $29.164.499 , que corresponde a diferencia de impuesto de primera categoría del año tributario 2009. Señala que las sumas totales de estas ascienden a $67.964.353, más intereses, lo que da la suma total de $116.341.380.
Indica que c on respecto a las liquidaciones reclamadas, que ellas se producen por diferencias de caja no justificadas, diferencias de impuesto Global Complementario y diferencia de impuesto de primera categoría del año tributario 2009.
Extracto del inicio del fallo. El texto completo continúa en la ficha.
Artículos citados:
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
Funnel transparente: cargando…
Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
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