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Tribunal · solo Pro
Inmobiliaria Parque San Damian S.A con SII
Fecha: 22-05-2025 · Materia: Giro · Juez: Dora Luisa Bastía Santander
ACOGE Ha Lugar
Se acoge reclamo contra giro de sobretasa por haber sido anulado por el SII, desapareciendo la controversia y causa de pedir.
Inmobiliaria Parque San Damián S.A. presenta reclamo el 16.03.2021 contra Carta N° 8639027 de noviembre de 2020, emitida por el SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS, que notifica giro folio 4518125 de sobretasa por $22.609.829.- con vencimiento 31.12.2020. Durante la tramitación en procedimiento general de reclamación, ya recibida la causa a prueba, el SII informa que ha anulado el giro objeto del reclamo.
El tribunal constata que durante la tramitación el SII anunció la nulidad del giro, lo que demuestra que la reclamante tenía razón. Conforme a los artículos 132 y 148 del Código Tributario, al desaparecer el fundamento inmediato de la acción y no persistir la controversia que se llamó a resolver, procede acoger el reclamo por carecer de causa de pedir y de objeto pedido. La desaparición de la causa elimina la necesidad de continuar el proceso.
Se acoge el reclamo de 16.03.2021. Se declara que cada parte pagará sus costas. Se ordena notificación por carta certificada a ambas partes.
MGG
INMOBILIARIA PARQUE SAN DAMIÁN S.A. con XV D.R.M. STGO. ORIENTE
DEL SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS
Rol · solo Pro
Rol · solo Pro
En Providencia, a veintidós de mayo dos mil veinticinco.
VISTOS: El escrito de 16.03.2021, por el que don Eugenio Benítez Kufferath, RUT N° 9.899.328-2, en representación de INMOBILIARIA PARQUE SAN DAMIÁN S.A., RUT N° 76.232.931-K, ambos con domicilio en Avda. La Dehesa N° 1844, oficina 810, comuna de Lo Barnechea, Región Metropolitana, presenta reclamo en contra de la Carta N° 8639027 , de noviembre de 2020 , emitida por el Servicio de Impuestos Internos, Dirección Regional Santiago Oriente, representado por su Director Regional don Christian Soto Torres , ambos domiciliados en General del Canto N° 281, oficina s N° 503 -504, comuna de Providencia, Región Metropolitana, que notifica y gira la Sobretasa del Artículo 7° Bis, de la Ley N° 17.235, según consta en giro folio 4518125, notificado con fecha 26 de noviembre de 2020, por la suma de 22.609.829.-, con vencimiento al 31.12.2020.
Rolan en autos:
A fojas 1 a 176: El comprobante de distribución de causa; documentos acompañados y escrito de reclamo; resolución del tribunal que ordenó cumplir ciertos requisitos; escrito de cumplimiento de lo ordenado; otro escrito por el que solicita suspensión de cobro del giro que indica y resolución del tribunal en que, entre otras , acogió la solicitud de suspensión, tuvo por interpuesto el reclamo y confirió traslado al Servicio de Impuestos Internos (SII), todo ello debidamente notificado; escrito en que se asumió la representación del SII y en que se evacuó el traslado conferido solicitando el rechazo del reclamo interpuesto, con costas, resolución que los provee junto a sus testimonios de notificación.
Extracto del inicio del fallo. El texto completo continúa en la ficha.
Artículos citados:
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
Funnel transparente: cargando…
Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
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