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Tribunal · solo Pro
GASTROSUR SpA. con SII
Fecha: 30-06-2025 · Materia: Artículo 97 N° 10 del CT · Juez: orlando_cuevas_reyes
RECHAZA No Ha Lugar
Tribunal rechaza reclamo contra multa por no emisión de boletas electrónicas en ventas vía UberEats durante noviembre 2024, confirmando infracción del artículo 97 N°10 del Código Tributario por $3.888.190.
Gastrosur SpA vendió comida preparada a través de UberEats entre el 1 y 30 de noviembre de 2024 por $3.888.190 sin emitir boletas electrónicas. El SII detectó la omisión en fiscalización de oficina el 19 de diciembre de 2024, tras visitas previas obstaculizadas. El representante legal reconoció la infracción y exhibió registros de ventas desde su celular. La contribuyente alegó problemas técnicos con sistema de emisión y desvinculación de empresa externa (Klap) que impedía emitir documentos desde septiembre 2024.
El tribunal establece que en materia infraccional aplican garantías del derecho penal con matices, correspondiendo al SII la carga probatoria. La contribuyente reconoció expresamente la no emisión de boletas, limitándose a solicitar ajuste del monto y atenuantes. Mediante prueba documental (registros UberEats, registro de ventas) y testimonial (funcionarios fiscalizadores), se acreditó que no hubo emisión de boletas en noviembre 2024 pese a ventas por $3.888.190. Se descartó error en el monto determinado. Se aplicaron atenuantes por no reincidencia y cumplimiento posterior (emisión de boleta N
Se rechaza el reclamo y confirma la infracción del artículo 97 N°10 del Código Tributario. Se aplica multa de $3.888.190 (100% del monto de operación) y clausura de 3 días del establecimiento. Se condena en costas a la reclamante por falta de motivo plausible para litigar.
Temuco, treinta de junio de dos mil veinticinco.
VISTOS:
A fojas 1, comparece el abogado don Stephane Andre Dubois Herrera, cédula de identidad N°17.613.428-3, con domicilio para estos efectos en Antonio Varas N° 687, oficina 1405, Temuco, en representación según acredita de GASTROSUR SpA, RUT 77.201.146 -6, factor de comercio representada por don Adrián Ignacio Miranda Salinas, cédula de identidad N°16.700.141-6, todos del mismo domicilio , quien formula reclamo en contra de la actuación del Servicio de Impuestos Internos consistente en la notificación de infracción N° 1308544, de 19 de diciembre de 2024, mediante la cual se cursa a la reclamante la infracción descrita y sancionada en el artículo 97 N° 10 del Código Tributario por la no emisión de boleta electrónica por la s ventas de comida preparada efectuadas desde el 1 al 30 de noviembre de 2024, pagadas a través de la aplicación UberEats por un monto de $3.888.190, conducta detectada en revisión en oficina. Funda su reclamo en los argumentos y fundamentos que se resumen a continuación: 1.- Manifiesta que con fecha 18 de diciembre de 2024 el Servicio de Impuestos Internos, en un proceso de fiscalización, citó a su representada con la finalidad de que exhibiera registros extracontables llevados por la aplicación UberEats, cursando la infracción que se reclama. 2.- Expone que no desconoce el hecho de la no emisión de documentos al momento de la fiscalización, reconociendo dicha circunstancia pero manifestando que la sanción debe ajustarse a montos que conforme a derecho corresponden.
Extracto del inicio del fallo. El texto completo continúa en la ficha.
Artículos citados:
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
Funnel transparente: cargando…
Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
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