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Tribunal · solo Pro
CONSTRUCTORA BELTRAN Y VENEGAS LTDA con SII
Fecha: 14-07-2025 · Materia: Liquidación · Juez: Anselmo Iván Cifuentes Ormeño
RECHAZA Confirmatorio No Ha Lugar
Constructora impugna liquidaciones del SII por rechazo de gastos basado en supuestas facturas falsas de subcontratistas, argumentando efectividad material de obras y marco jurídico de subcontratación.
El SII emitió liquidaciones de diferencias de Impuesto a la Renta por Reintegro e Impuesto Único, rechazando gastos asociados a facturas de varios subcontratistas (Juan José Duran Muñoz, Saul Eleazar Sanhueza Yáñez, Juan Carlos Bastías Tejos, Francisco Javier Manríquez Manríquez y Agrícola Saul Eleazar Sanhueza Yáñez E.I.R.L.) por considerarlas ideológicamente falsas. El ente fiscal determinó que los emisores no contaban con personal para ejecutar las prestaciones y que sus trabajadores no ingresaron a las obras. La reclamante argumenta que se trata de obras contratadas por entes públicos con
El tribunal analiza la pretensión reclamatoria respecto a la falta de acreditación de la efectividad material de las operaciones. La reclamante sostiene que las objeciones del SII se refieren a circunstancias ajenas al contribuyente, escapando de sus atribuciones y obligaciones tributarias, especialmente en el contexto del régimen jurídico de subcontratación vigente. Argumenta que no le corresponden obligaciones laborales o previsionales de los subcontratistas, que los pagos realizados con cheque demuestran buena fe conforme al artículo 4 bis del Código Tributario, y que la actuación fiscaliza
El fallo se encuentra incompleto en el texto aportado, no contando con la parte dispositiva que indica la decisión final del tribunal respecto de las liquidaciones reclamadas.
Concepción, a la fecha indicada en el pie de firma.
VISTOS:
Que, a fojas 38 y siguientes, comparece don Waldo Figueroa Vásquez, abogado, domiciliado en calle Ricardo Vicuña 349, segundo piso, oficina 8, Los Ángeles, en representación procesal de la sociedad CONSTRUCTORA
BELTRAN Y VENEGAS LTDA., RUT n.° 76.062.235-4, representada legalmente por don Rodrigo Beltrán Jara; quien viene en interponer reclamo en conformidad al artículo 124 y siguientes del Código Tributario en contra de las Liquidaciones n°s 5 a 6, de fecha 25 de agosto de 2020, emitidas por la Unidad de San Carlos dependiente de la XX Dirección Regional Chillán del Servicio de Impuestos Internos.
Inicia su relato, señalando que el ente fiscal ha determinado diferencias de Impuesto a la Renta consistentes en el Reintegro del artículo 97 e Impuesto Único del artículo 21 del D.L. n.° 824, sustentados en supuestas facturas falsas y que son las siguientes; 1.- Contribuyente Juan José Duran Muñoz
- Factura n.° 122, fecha 15.01.2016, monto neto $4.000.000.
- Factura n.° 123, fecha 30.01.2016, monto neto $2.600.000.
- Factura n.° 119, fecha 04.03.2016, monto neto $4.941.176.
- Factura n.° 5, fecha 05.05.2016, monto neto $2.500.000.
- Factura n.° 7, fecha 17.05.2016, monto neto $3.823.529.
- Factura n.° 8, fecha 13.05.2016, monto neto $2.731.092.
- Factura n.° 11, fecha 26.05.2016, monto neto $3.600.000.
- Factura n.° 17, fecha 02.06.2016, monto neto $3.000.000.
- Factura n.° 18, fecha 10.06.2016, monto neto $2.000.000.
- Factura n.° 127, fecha 28.08.2016, monto neto $3.800.000.
2.- Contribuyente Saul Eleazar Sanhueza Yáñez.
- Factura n.° 1, fecha 15.04.2016, monto neto $3.850.000.
- Factura n.° 2, fecha 15.04.2016, monto neto $3.200.000.
- Factura n.° 63, fecha 19.08.2016, monto neto $4.500.000
- Factura n.° 64, fecha 24.08.2016, monto neto $3.900.000.
- Factura n.° 65, fecha 24.08.2016, monto neto $3.500.000.
- Factura n.° 67, fecha 26.08.2016, monto neto $4.400.000.
Extracto del inicio del fallo. El texto completo continúa en la ficha.
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
Funnel transparente: cargando…
Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
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