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Tribunal · solo Pro
PAVEZ TONDI con SII
Fecha: 22-07-2025 · Materia: Liquidación · Juez: Anselmo Iván Cifuentes Ormeño
RECHAZA No Ha Lugar
Rechazo de reclamo contra liquidaciones del IGC 2016 que agregan dividendos de Áridos Laja S.A., aplicando retroactivamente la Ley 20.899 a hechos ocurridos en 2015.
Mauricio Jorge Pavez Tondi, accionista de Áridos Laja S.A., reclama contra liquidaciones 116 y 117 del 29 de agosto de 2019 emitidas por el SII Chillán. Las liquidaciones agregan $100.000.000 por dividendos distribuidos en octubre de 2015 por Áridos Laja S.A. a la base imponible del Impuesto Global Complementario AT 2016. La sociedad distribuyó utilidades en octubre de 2015 y pagó impuesto sustitutivo al FUT en diciembre de 2015, conforme a la Ley 20.780 vigente entonces. Las liquidaciones se fundamentan en la Resolución 42 de 26 de abril de 2019, aplicando disposiciones transitorias de la Ley
El SII argumenta que la Ley 20.899, aunque publicada el 8 de febrero de 2016, simplifica la aplicación de la Ley 20.780 de reforma tributaria de 2014. El Impuesto Sustitutivo al FUT podía declararse y pagarse durante 2016 y hasta 30 de abril de 2017 sobre utilidades no retiradas del ejercicio 2015. La Resolución 42 aplica correctamente las disposiciones transitorias de la Ley 20.899 al ejercicio comercial 2016 (año tributario 2017) para determinar adecuadamente el FUT, FUNT e Impuesto Sustitutivo. La Resolución 130 del SII de 30 de diciembre de 2016 establece formatos de determinación de renta
Se rechaza el reclamo deducido por Mauricio Jorge Pavez Tondi contra las liquidaciones 116 y 117 del SII Chillán de 29 de agosto de 2019, dejándolas vigentes en todos sus términos.
Concepción, a la fecha indicada en el pie de firma.
VISTOS:
En lo principal del escrito de fojas 12 y siguientes, comparece don Mario Boero Gasparini, abogado, Rut n.° 11.897.341-0, domiciliado en calle Colo Colo n.° 379 oficina 2207 de la comuna de Concepción, en representación convencional de don MAURICIO JORGE PAVEZ TONDI, RUT n° 8.043.716-1, ingeniero civil; domiciliados en calle Víctor Lamas n.° 1018 de la comuna de Concepción; quien deduce reclamo tributario en contra de las Liquidaciones 116 y 117, ambas de fecha 29 de agosto de 2019, emitidas por la XX Dirección Regional Chillán del Servicio de Impuestos Internos.
Fundando su reclamación, expresa que las liquidaciones reclamadas agregan a la base imponible para el impuesto Global Complementario, AT 2016, del reclamante la suma de $100.000.000 por concepto de dividendos distribuidos por Áridos Laja S.A., y como consecuencia de ello la primera (n° 116) determina un nuevo monto de impuesto G lobal Complementario a pagar, y la segunda ( n° 117) ordena reembolso del R eintegro obtenido en conformidad al artículo 97 de la Ley sobre Impuesto a la Renta.
Extracto del inicio del fallo. El texto completo continúa en la ficha.
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