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Tribunal · solo Pro
INVERSIONES AMANECER SA con SII
Fecha: 24-07-2025 · Materia: Liquidación · Juez: Anselmo Iván Cifuentes Ormeño
HA LUGAR EN PARTE Ha Lugar en Parte
Tribunal acoge parcialmente el reclamo de Inversiones Amanecer S.A. contra liquidación que desestimó gastos por intereses y otros conceptos, aceptando la partida de intereses pagados o adeudados y rechazando las partidas de seguros, imprevistos, pasajes y traslados al determinar que no cumplían requisitos de gasto necesario para producir renta.
Inversiones Amanecer S.A., matriz de grupo empresarial inmobiliario, presentó pérdida tributaria de $462.060.764 para 2017 y solicitó devolución. El SII emitió Liquidación N° 54 de 26 febrero 2019 reduciendo la pérdida a $371.612.172, rechazando gasto de intereses pagados por $89.534.263 y otros gastos de $16.391.038 (imprevistos, seguros, traslados). La contribuyente financiaba operaciones de filiales mediante mutuos con bancos y distribuía recursos a través de préstamos entre empresas del grupo.
El tribunal consideró como hecho sustancial controvertido acreditar si las partidas de intereses, imprevistos, seguros y traslados cumplían requisitos de gastos necesarios para producir renta conforme artículo 31 LIR. El SII argumentó que los intereses destinados a financiar operaciones de filiales no constituyen gasto necesario pues no solventan operaciones propias de la matriz ni se vinculan a producción de sus rentas gravadas. Respecto a otros gastos, alegó que representaban traspasos que debería soportar las filiales siendo estas las productivas del holding, sin acreditarse que fueran del
Se rechaza el reclamo tributario deducido por Inversiones Amanecer S.A. contra Liquidación N° 54 de 26 febrero 2019, confiriendo validez al acto administrativo que desestimó la deducción de gastos por intereses y otros conceptos.
Concepción, a la fecha indicada en el pie de firma.
VISTOS:
En lo principal del escrito de fojas 50 y siguientes, comparece don Hugo Tapia Krug, abogado, RUT n.° 13.307.419-8, en representación de Inversiones Amanecer S.A., RUT n.° 78.981.050-8, todos con domicilio para estos efectos en Chacabuco n.° 1085, oficina 803 , de la comuna de Concepción; quien deduce reclamo tributario en contra de la Liquidación n.° 54, de 26 de febrero de 2019 , emitida por la VIII Dirección Regional del Servicio de Impuestos Internos de Concepción. Fundando su reclamo, expresa lo siguiente:
Señala que la liquidación impugnada determinó diferencias en la base imponible del Impuesto de Primera Categoría correspondientes al año tributario 2017, disminuyendo el monto de la pérdida tributaria determinada desde $462.060.764 a $371.612.172 . Además, determinó diferencias de la base imponible del Impuesto Único correspondiente al año 2017, por concepto de gastos rechazados por un total de $5.525.156, más reajustes e intereses. Indica que la contribuyente, para el año tributario referido, presentó como resultado tributario una pérdida ascendente a $462.060.764, y producto de esto, solicitó la devolución en comento. Señala que, por ello, se le practicó una notificación, y luego una citación, formulando observaciones a dos partidas, intereses pagados o adeudados por la suma de $ 89.534.263, y otros gastos deducidos de los ingresos brutos, por la suma de $ 16.391.038. Indica que se le dio respuesta a la citación, explicando las observa ciones formuladas, pero que, sin embargo, el Servicio de Impuestos Internos no dio lugar a la solicitud de devolución, y además, modificó la pérdida declarada desde la suma de $462.060.764 a $371.612.172.
Extracto del inicio del fallo. El texto completo continúa en la ficha.
Artículos citados:
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
Funnel transparente: cargando…
Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
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