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Tribunal · solo Pro
MONTES BEZANILLA con SII
Fecha: 18-08-2025 · Materia: Giro · Juez: María Francisca Villamán Rodríguez
ACOGE Ha Lugar
Se acoge reclamo y anula giro de impuesto al lujo por $2.601.764 emitido al aeronave Cessna U206B, pues el SII tasó erróneamente el bien sin considerar su estado de conservación (siniestrada en 2009, sin certificado de aeronavegabilidad vigente).
Jorge Montes Bezanilla es propietario de aeronave Cessna U206B, matrícula CC-PUB (año 1967). El SII emitió giro el 12/04/2023 por impuesto al lujo de $2.601.764 en base a tasación de $127.788.000 contenida en Resolución Exenta N°124. El reclamante sostiene que la aeronave sufrió accidente el 19/01/2009 con aterrizaje forzoso por falla del motor, causando daños mayores. La aeronave se encuentra sin certificado de aeronavegabilidad vigente desde 2010, parcialmente desarmada en hangar, con motor destruido. Solicitó modificación de tasación administrativamente, siendo rechazada el 24/07/2023. El S
El tribunal estableció que conforme al artículo 9° de la Ley N°21.420, la base imponible del impuesto al lujo es el precio corriente en plaza al 31/12 del año anterior. La ley expresamente precisa que los bienes consignados en la nómina de tasaciones del SII deben corresponder a bienes en buen estado de conservación y uso, considerando año de fabricación. La prueba acreditó fehacientemente mediante certificado DGAC, fotografías, informe de accidente y testimonios periciales que la aeronave está siniestrada, sin aeronavegabilidad vigente desde 2010, con motor destruido y desarmada. El valor de
Se acoge reclamo de Jorge Montes Bezanilla. Se deja sin efecto el Giro y Comprobante de pago N°8749939 emitido el 12/04/2023 por la XV Dirección Regional Metropolitana Santiago Oriente del SII por impuesto al lujo de $2.601.764. La Directora Regional dispondrá el cumplimiento administrativo de lo resuelto. Cada parte paga sus propias costas.
“MONTES BEZANILLA, JORGE con SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS”
RUC N° Rol · solo Pro
RIT N° Rol · solo Pro
Santiago, dieciocho de agosto de dos mil veinticinco.
VISTOS:
A fojas 3, comparece por sí don JORGE MONTES BEZANILLA, abogado, cédula nacional de identidad N°5.892.163-7, domiciliado en calle San Pio X N°2.460, oficina 1304, comuna de Providencia, quien en su calidad de propietario de la aeronave marca Cessna, Modelo U 206 B, año de fabricación 1967, matrícula del Registro Nacional de Aeronaves CC PUB, deduce reclamación tributaria en contra del Giro y Comprobante de pago N°8749939 , emitido con fecha 12 de abril de 2023 por la XV Dirección Regional Metropolitana Santiago Oriente del Servicio de Impuestos Internos (en adelante, SII ), que contiene la orden de pago de un impuesto al lujo por $2.601.764, solicitando que en definitiva se anule el referido giro y se le exima del pago de dicho tributo, en virtud de los siguientes fundamentos: Expone que, para emitir dicho giro, el S II se basó en la tasación contenida en la Resolución Exenta N°124 de fecha 26/12/2022, publicada en el Diario Oficial del 11 /01/2023. Agrega que en el Anexo 1 de dicha resolución aparecen las tasaciones de diversas aeronaves, entre ellas figura una aeronave del modelo y año de la que le pertenece con la siguiente información: AV02014074 AVIÓN Cessna U 206 1967 por $127.788.000. Añade que a parentemente, el S II no pidió y/o no obtuvo de la Dirección General de Aeronáutica Civil (en adelante, DGAC) información sobre la aeronave en especial, una que sería fundamental en la determinación del precio o tasación de esta aeronave, que es su actual estado.
Extracto del inicio del fallo. El texto completo continúa en la ficha.
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
Funnel transparente: cargando…
Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
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