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Tribunal · solo Pro
DÍAZ DE VALDÉS BAKOVIC con SII
Fecha: 22-08-2025 · Materia: Resolución · Juez: José Antonio Guerrero Uriarte
RECHAZA No Ha Lugar
Se rechaza reclamo y acción de nulidad contra Resolución Ex. N° 143 del SII que fijó nuevos valores de terrenos para reavalúo de bienes raíces, por ser acto de instrucciones técnicas no reclamable tributariamente.
Gastón Díaz de Valdés Bakovic reclama contra la Resolución Ex. N° 143 del SII de 30 de diciembre de 2021, que estableció nuevo avalúo fiscal para propiedad Rol N° 1569-113 en Colina, aumentando de $175.199.483 a $232.746.797 (30% de aumento). El reclamante impugna por vicios de motivación, procedimiento administrativo y vulneración de derechos constitucionales, alegando que el acto carece de fundamentación adecuada y no justifica el aumento desmesurado del avalúo.
El tribunal establece que la Resolución Ex. N° 143 constituye instrucciones técnicas administrativas para tasación de bienes raíces no agrícolas a nivel nacional, subsumida en el artículo 126 del Código Tributario, por lo que no es reclamable mediante el procedimiento general de reclamo. El acto es de naturaleza inicial y no decisoria, terminal o particular que determine base imponible específica. El SII acreditó mediante informe de tasaciones que el aumento derivó de transacciones comerciales del condominio (pasando de mediana UF 9.827 en 2018 a UF 11.550 en 2022) y desarrollo inmobiliario de
Se rechaza el reclamo y la acción de nulidad presentados. Se confirma la Resolución Ex. N° 143 de 30 de diciembre de 2021 del SII. Se declara que no hay motivo plausible para litigar, sin condena en costas.
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EN SANTIAGO, A VEINTIDOS DE AGOSTO DEL AÑO DOS MIL
VEINTICINCO.
La presente resolución contiene las fojas del expediente electrónico del sistema SACTA.
VISTOS:
El escrito de fecha 16 de abril del año 2022, presentado por don GASTÓN DÍAZ DE VALDÉS BAKOVIC , cédula de identidad número 13.904.136-4, ingeniero civil, domiciliado para estos efectos en Av. Chamisero N° 15.921, casa 113, comuna de Colina, quien interpone acción de nulidad y de forma subsidiaria reclamo, en virtud de lo dispuesto en el artículo 1° N° 8 de la Ley N° 20.322 y en los artículos 124 y siguientes del Código Tributario, respectivamente, en contra de la Resolución Ex. N° 143 de fecha 30 de diciembre del año 2021, emitida por el Servicio de Impuestos Internos, Dirección Nacional, la cual estableció un nuevo avalúo para la propiedad Rol N° 1569 -113, de la comuna de Colina, aumentando dicho concepto en más de un 30%, pasando así el avalúo fiscal determinado al segundo semestre del año 2021, de la suma de $175.199.483 a $232.746.797 , solicitando que esta sea dejada sin efecto , condenando en costas al Servicio.
Como cuestión previa, señala que en conformidad a lo establecido en el artículo 1° N° 8 de la Ley N° 20.322, este Tribunal es competente para conocer y declarar, a petición de parte, de la nulidad de los actos administrativos que sean materia de una reclamación tributaria, debiendo alegarse o hacerse presente el vicio en la respectiva reclamación, cuando recaiga sobre un requisito esencial del mismo, sea por su naturaleza o por mandato del ordenamiento jurídico y genere un perjuicio al interesado.
Extracto del inicio del fallo. El texto completo continúa en la ficha.
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
Funnel transparente: cargando…
Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
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