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Tribunal · solo Pro
Sociedad Sergio Rojas Abarzúa y Cia Ltda. con SII
Fecha: 31-01-2022 · Materia: Resolución · Juez: Óscar Meriño Maturana
ACOGE Ha Lugar
Tribunal acoge reclamación de Sociedad Sergio Rojas Abarzúa contra negativa del SII a devolver saldo a favor retenido en AT 2018, tras allanamiento de la administración.
La Sociedad Sergio Rojas Abarzúa y Compañía Limitada solicitó la devolución de un saldo a favor retenido de $7.904.139 para el Año Tributario 2018. El SII rechazó la solicitud mediante Resolución Exenta N°280205253 del 31 de marzo de 2021, argumentando discrepancias en retenciones de honorarios, inconsistencia en la vigencia del RUT y diferencias con registros del Servicio. La reclamante alegó que los reparos fueron subsanados con documentos aclaratorios, que el RUT había sido erróneamente cancelado por el SII en 2017 a pesar de estar en funcionamiento, y que las retenciones de la Superintende
El Tribunal constató que no existía controversia en autos debido a que el SII se allanó íntegramente a las pretensiones del contribuyente. El Servicio reconoció que los reparos fueron subsanados: respecto al RUT, aclaró que aunque reactivó su vigencia por decisión de Tribunales Superiores, esta no se registró automáticamente en los sistemas de control de declaraciones; respecto a las retenciones, confirmó que los ingresos de la Superintendencia de Bancos fueron correctamente declarados en AT 2018, pues el pago se percibió en enero de 2017 aunque la boleta se emitió en diciembre de 2016. El Tri
Se acoge la reclamación y se deja sin efecto la Resolución Exenta N°280205253 del 31 de marzo de 2021. Se ordena devolver $7.904.139 más reajustes e intereses legales correspondientes. No se condena en costas al Servicio de Impuestos Internos.
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SOCIEDAD SERGIO ROJAS ABARZÚA Y COMPAÑÍA LIMITADA RUT N°89.707.800-7 CUANTIA: 151,53 UTM EN SANTIAGO, A TREINTA Y UNO DE ENERO DE DOS MIL VEINTIDOS. Atendida la contingencia sanitaria y la modalidad de teletrabajo en que se encuentra funcionando el Tribunal, la presente resolución contiene las fojas del expediente electrónico del sistema SACTA. VISTOS: El escrito de fecha 22 de julio de 2021, rolante a fojas 1 de autos, presentado por don SERGIO ROJAS ABARZÚA, RUT N°4.033.100-K, en representación de SOCIEDAD SERGIO ROJAS ABARZÚA Y COMPAÑÍA LIMITADA, RUT N°89.707.800-7, ambos domiciliados para estos efectos en Profesora Amanda Labarca N°124, piso 13, comuna de Santiago, mediante el cual interpone reclamo de conformidad al Procedimiento General de Reclamaciones establecido en el Código Tributario, en contra de la Resolución Exenta N°280205253, de fecha 31 de marzo de 2021, emitida por la Dirección Regional Metropolitana Santiago Centro del Servicio de Impuestos Internos (en adelante SII), la que declara improcedente la devolución del saldo a favor retenido solicitado para el Año Tributario (en adelante AT) 2018. El reclamante, en resumen, sostiene que la negativa del acto reclamado se basa en hechos que fueron despejados, por cuanto se presentaron los documentos que necesitaban aclaración, asimismo la declaración de impuestos referida no contuvo errores; sus antecedentes no presentaban diferencias con los del Servicio y su RUT tenía y tiene plena vigencia. Todas las razones por las
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Extracto del inicio del fallo. El texto completo continúa en la ficha.
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
Funnel transparente: cargando…
Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
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