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Tribunal · solo Pro
CLINICA LAS CONDES S. A . con SII
Fecha: 30-09-2025 · Materia: Resolución · Juez: Dora Luisa Bastía Santander
ACOGE+100M Ha Lugar
Tribunal acoge reclamo de Clínica Las Condes contra resolución del SII que retenía saldo de PPUA por $249.454.568, tras allanamiento total del servicio.
Clínica Las Condes S.A. dedujo reclamo en Procedimiento General de Reclamación contra Resolución N° Ex 110544492 del 27.12.2023 emitida por la XV Dirección Regional Metropolitana Santiago Oriente del SII, solicitando la nulidad o, subsidiariamente, dejar sin efecto la resolución que retenía un saldo de Pagos Provisionales Únicos Anuales (PPUA) por $249.454.568.
El tribunal consideró que al allanarse totalmente el SII a la pretensión del reclamante, decae la causa y objeto del asunto. Conforme a los artículos 132 y 148 del Código Tributario, corresponde acoger el reclamo. El fundamento inmediato de la acción no persiste, por lo que carece de causa de pedir y objeto pedido, lo que justifica el acogimiento de la demanda sin emitir pronunciamiento sobre el fondo del asunto.
Acógese el reclamo. Déjase sin efecto la Resolución N° Ex 110544492. Cada parte paga sus costas. Se ordena al SII informar sobre cumplimiento del allanamiento dentro de 15 días.
MGG
CLINICA LAS CONDES S. A. con XV D.R.M. STGO. ORIENTE DEL SERVICIO
DE IMPUESTOS INTERNOS
Rol · solo Pro
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En Providencia, a treinta de septiembre de dos mil veinticinco.
VISTOS:
El escrito de 30.09.2024, en que comparece doña Daniela Valdés Vásquez , C.I. N° 16.121.260-1, abogada, domiciliada en calle Estoril N° 450, Comuna de Las Condes , ciudad de Santiago, Región Metropolitana , en representación convencional de la sociedad reclamante CLINICA LAS CONDES S.A., Rol Único Tributario número 93.930.000 -7, domiciliada en Estoril N° 450, Comuna de Las Condes , Región Metropolitana, quien deduce reclamo tributario en Procedimiento General de Reclamación en contra de la Resolución N° Ex 110544492, emitida con fecha 27.12.2023 por la D.R.M. STGO. Oriente del Servicio de Impuestos Internos, RUT N° 60.803.315-7, representada en autos por don Andrés Ramsay Lagos, C.I. N° 15.382.039-2, ambos domiciliadas en General del Canto N° 281, piso 5, oficina N° 503-504, comuna de Providencia, Región Metropolitana.
Rolan en autos:
A fojas 1 a 142, Comprobante de distribución de causas , escrito de reclamo y documentos fundantes acompañados, resolución que ordena subsanar omisiones y resolución que tuvo por interpuesto el reclamo y confirió traslado al Servicio de Impuestos Internos (SII), con su notificación por el sitio de internet del tribunal a la parte reclamante y por correo electrónico al Servicio reclamado.
A fojas 143 a 175, Escrito mediante el cual se asume la representación del Servicio de Impuestos Internos con su antecedente. Escrito de evacúa el traslado conferido, informando el allanamiento total por parte del SII , junto a resolución que resuelve todos los escritos previos, junto a su testimonio de notificación. Rola también escrito de mero trámite debidamente proveído junto a su testimonio de notificación.
MGG
A fojas 176 a 177, Resolución que decretó CÍTASE A LAS PARTES A OÍR
SENTENCIA, con su testimonio de notificación.
Extracto del inicio del fallo. El texto completo continúa en la ficha.
Artículos citados:
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
Funnel transparente: cargando…
Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
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