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Tribunal · solo Pro
EFCO SERVICIOS GENERALES S A con SII
Fecha: 05-08-2013 · Materia: Liquidación · Juez: luis_alfonso_perez_manriquez
RECHAZA+16.000M No Ha Lugar
EFCO impugna liquidaciones de IVA e Impuesto a la Renta por rechazar créditos fiscales en facturas de subcontratistas, argumentando que las operaciones fueron reales y debidamente acreditadas.
EFCO prestaba servicios de aseo subcontratando con Delta y Milenium, quienes a su vez subcontrataban con otras empresas. El SII practicó fiscalización por notificación de 13.04.2012, requiriendo documentación de abril 2009 a marzo 2012. Tras citación de 31.07.2012 por facturas ideológicamente falsas, el SII dictó liquidaciones el 30.11.2012 rechazando créditos fiscales por $16.627.705.378 en concepto de operaciones inexistentes de sus proveedores.
El tribunal analiza si las operaciones de subcontratación fueron reales o falsas. Examina argumentos del SII basados en: ubicación de empresas, falta de declaraciones de retenciones, inconsistencias en declaraciones de IVA, ausencia de contratos de tercer nivel, y características sospechosas de los representantes legales. EFCO contrapone que aportó documentación extensa (nóminas, certificados laborales, comprobantes) y que la Circular 93 señala que no ubicar al contribuyente no es presunción suficiente de falsedad sin otros antecedentes. Discute si le es oponible el incumplimiento tributario d
Se requiere resolución del tribunal sobre si procede rechazar los créditos fiscales de EFCO por considerar falsas las facturas de sus proveedores, o si EFCO acreditó suficientemente la realidad de las operaciones mediante la documentación aportada durante la fiscalización.
“EFCO Servicios Generales SA con SII, DIRECCIÓN REGIONAL SANTIAGO
CENTRO”
RIT: Rol · solo Pro
RUC N°: Rol · solo Pro
LAPM/cav
Santiago, CINCO DE AGOSTO DE DOS MIL TRECE
VISTOS:
Que a fojas 1 con fecha 11 de febrero de dos mil trece don Denis Uri Sachs Rojas, cédula de identidad Nº 13.241.528-5, ingeniero comercial, gerente general, en representación de EFCO, (en adelante EFCO) RUT Nº 96.964.340-5, ambos con domicilio en calle Hanga Roa Nº 656, Recoleta, Santiago, deduce reclamo tributario, dentro de plazo, en contra de las liquidaciones números 9351 a 9385, por IVA de los períodos Enero 2009 a Noviembre de 2011, y en contra de las liquidaciones Números 9386, 9391, 9391 bis, 9387, 9682, 9683 y 9681, las cuatro primeras por reintegro artículo 97 Ley de Impuesto a la Renta, y las tres últimas por Impuesto Único artículo 21 de la Ley de Impuesto a la Renta, todas ellas de fecha 30 de Noviembre de 2012, practicadas por la Dirección Regional Metropolitana Santiago Centro del Servicio de Impuestos Internos, (en adelante el Servicio o SII), en las cuales se objeta diversas subcontrataciones con dos empresas, las cuales a su vez, volvían a subcontratar los servicios a otras empresas, con las consecuencias tributarias materia de este proceso, de acuerdo a los siguientes fundamentos de hecho y de derecho: l. ANTECEDENTES 1. EFCO tiene como giro la prestación de servicios de aseo. Entre sus clientes figuran instituciones públicas como la Corporación Administrativa del Poder Judicial, el Servicio de Impuestos Internos, y empresas como la Compañía Chilena de Tabacos, Unimarc, etc.
Extracto del inicio del fallo. El texto completo continúa en la ficha.
Artículos citados:
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
Funnel transparente: cargando…
Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
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