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Tribunal · solo Pro
CONSERVAS LOS ANGELES LIMITADA con SII
Fecha: 10-10-2025 · Materia: Resolución · Juez: Anselmo Iván Cifuentes Ormeño
ACOGE Ha Lugar
Tribunal acoge allanamiento total del SII y deja sin efecto resolución tributaria impugnada por Conservas Los Ángeles Limitada.
Conservas Los Ángeles Limitada presentó reclamo en contra de Resolución Exenta N° EX_220527764 de fecha 18 de diciembre de 2024, emitida por la VIII Dirección Regional del Servicio de Impuestos Internos. El SII evacuó traslado del reclamo allanándose en forma total.
El Tribunal acoge el allanamiento total presentado por el Servicio de Impuestos Internos respecto al reclamo interpuesto. En conformidad con lo dispuesto en el inciso primero del artículo 132 del Código Tributario, no se condena en costas. Se ordena al Director Regional de la VIII Dirección Regional del SII disponibilizar el cumplimiento administrativo de la sentencia conforme lo establece el artículo 6°, letra b), n.° 6, del Código Tributario.
Ha lugar al allanamiento de la parte reclamada. Se deja sin efecto la Resolución Exenta N° EX_220527764 de fecha 18 de diciembre de 2024. No se condena en costas.
Concepción, a la fecha indicada en el pie de firma.
Vistos y teniendo presente: Que, a folio 163 y siguientes el Servicio de Impuestos Internos evacuó el traslado conferido respecto al reclamo de autos, allanándose en forma total, se resuelve:
I. Que, HA LUGAR al allanamiento de la parte reclamada;
II. Que, en consecuencia, se deja sin efecto la Resolución exenta N° EX_220527764 de fecha 18 de diciembre de 2024, emitida por la VIII
Dirección Regional del Servicio de Impuestos Internos;
III. Que, en conformidad a lo dispuesto en el inciso primero del artículo 132 del Código Tributario, no se condenará en costas.
IV. Que, el Director Regional de la VIII Dirección Regional del Servicio de Impuestos Internos dispondrá el cumplimiento administrativo de esta sentencia, conforme lo establece el artículo 6°, letra b), n.° 6, del Código Tributario, sin perjuicio de las facultades conferidas a este Tribunal en el artículo 1°, incisos segundo y tercero, de la Ley n.° 20.322 de 2009, Orgánica de Tribunales Tributarios y Aduaneros.
Notifíquese la presente resolución a las partes conforme al artículo 131 bis del Código Tributario.
Anótese, regístrese y archívese en su oportunidad.
Documento firmado electrónicamente por don/ña Anselmo Ivan Cifuentes Ormeño, el 10-10-2025. Verifique este documento en www.tta.cl, con el siguiente código de verificación 0b0410c929bd49d0a9da9986331793b2
Timbre Electrónico
RUC: Rol · solo Pro
RIT: Rol · solo Pro.
Cuantía Bruta: 509,84 UTM
Proveyó don ANSELMO IVÁN CIFUENTES ORMEÑO, Juez Titular del Tribunal Tributario y Aduanero de la Región de Ñuble y la Región del Biobío.
Documento firmado electrónicamente por don/ña Anselmo Ivan Cifuentes Ormeño, el 10-10-2025. Verifique este documento en www.tta.cl, con el siguiente código de verificación 0b0410c929bd49d0a9da9986331793b2
Anselmo Ivan Cifuentes Ormeño Juez Tribunal · solo Pro
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
Funnel transparente: cargando…
Dos motivos principales:
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