Selecciona una ley y un artículo para ver su texto vigente.
Tribunal · solo Pro
Inversiones Moca SpA con SII
Fecha: 20-11-2025 · Materia: Artículo 97 N° 10 del CT · Juez: Orlando Iván Cuevas Reyes
RECHAZA No Ha Lugar
Tribunal rechaza reclamo de restaurante contra infracción por emisión de facturas electrónicas sin detallar productos ni precios unitarios, confirmando obligación de especificar mercaderías en facturas conforme artículo 97 N° 10 del CT.
Inversiones Moca SpA, restaurante ubicado en Temuco, emitió facturas electrónicas folios 1098 al 1107 entre el 22 y 28 de mayo de 2025 sin consignar detalle de mercaderías transferidas, precio unitario ni monto por producto. El SII cursó infracción N° 1409055 por incumplimiento del artículo 69 letra A) N° 6 del Reglamento del IVA y Resolución Exenta N° 36 de 2024, con monto de operación de $1.188.590.
El tribunal analiza que la obligación de detallar mercaderías en facturas conforme artículo 69 letra A) N° 6 del Reglamento del IVA es transversal y aplicable tanto a venta de bienes como prestación de servicios, sin distinción entre operaciones. La Resolución Exenta N° 121 de 2024, específica para restaurantes, complementa mas no deroga las exigencias de la Resolución N° 36. El detalle de productos tiene finalidad fiscalizadora esencial para verificar trazabilidad, correcto uso de crédito fiscal y relación del gasto con el giro del comprador. La omisión de información especificada dificulta c
Se rechaza integralmente el reclamo interpuesto. Se confirma la notificación de infracción N° 1409055. Se condena a la contribuyente al pago de multa equivalente a 300% del monto de la operación más seis días de clausura, con expresa condenación en costas.
Temuco, veinte de noviembre de dos mil veinticinco.
VISTOS:
A fojas 1, comparece don Eduardo Álamos Vera, abogado, en representación de la contribuyente INVERSIONES MOCA SpA, RUT N° 77.000.911 -1, con giro de restaurante y cafetería, representada legalmente por doña Clara Vanesa Carillanca Triviño, factor de comercio, todos con domicilio para estos efectos en calle A ntonio Varas N° 979 , departamento 701, Temuco ; quien interpone reclamo en el procedimiento especial de aplicación de ciertas multas en contra de la infracción N° 1409055, notificada con fecha 29 de mayo de 2025 por funcionarios del Servicio de Impuestos Internos, por infracción sancionada en el artículo 97 N° 10 del Código Tributario consistente en la emisión de las facturas electrónicas folios 1098 al 1107 sin cumplir con los requisitos legales exigidos en el artículo 69 N° 6, letra a) del Reglamento de la Ley sobre Impuesto a las Ventas y Servicios y en la Resolución Exenta N° 36 , de 2024, del Servicio, conforme con los argumentos y fundamentos que se exponen a continuación:
1. Manifiesta que el requisito de detallar en las facturas la mercadería transferida no resulta aplicable a los servicios de alimentación prestados por restaurantes, ya que la norma reglamentaria está dirigida a operaciones sobre bienes corporales muebles trasladables. Argumenta que exigir el desglose pormenorizado de cada alimento o bebida consumida por los clientes , como pretende el Servicio , implica una interpretación extensiva y errónea del artículo 69 del Reglamento del IVA y de las Resoluciones dictadas por el propio Servicio.
Extracto del inicio del fallo. El texto completo continúa en la ficha.
Artículos citados:
Todos los fallos que publican los Tribunales Tributarios y Aduaneros, junto a las sentencias de Cortes de Apelaciones y Corte Suprema y los oficios, circulares y resoluciones del SII, fáciles de encontrar para tu caso. Actualizado a diario.
Acceso ilimitado a la jurisprudencia que necesitas.
Busca, abre y descarga todos los fallos que haga falta, sin límite.
Sentencias tributarias de segunda instancia y casación, y los requerimientos de inaplicabilidad sobre preceptos tributarios.
Cargando el buscador…
Selecciona una ley y un artículo para ver su texto vigente.
Busca, analiza y chatea con todos los fallos de los Tribunales Tributarios y Aduaneros de Chile.
Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
Funnel transparente: cargando…
Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
Selecciona Oficios, Circulares o Resoluciones en la barra lateral y luego un documento para ver su contenido completo.
Cubre más de 4.000 oficios, 830 circulares y 1.600 resoluciones del SII. Filtra por año o busca en materia, criterio y texto completo.