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Tribunal · solo Pro
PINK PRODUCCIONES Y RELACIONES PUBL INMOB E INV LT con SII
Fecha: 10-12-2025 · Materia: Liquidación · Juez: Luis Alfonso Pérez Manríquez
HA LUGAR EN PARTE+100M Ha Lugar en Parte
Tribunal acoge parcialmente reclamación de empresa contra liquidaciones del SII por tributación de beneficio de uso y goce de inmuebles del activo fijo facilitados a personal, rechazando la aplicación del artículo 21 inciso 3° letra iii) de la LIR.
Pink Producciones fue fiscalizada respecto a años tributarios 2018, 2019 y 2020 por el SII. Se detectó que Juan Pablo Concha y su familia habitaron una residencia en Las Condes durante al menos cuatro años (2016-2019), y el padre de su cónyuge ocupó un departamento en Ñuñoa. El SII consideró que estos inmuebles del activo fijo fueron facilitados gratuitamente a personal de la empresa, liquidando partidas por: uso y goce habitual de bienes (11% del avalúo fiscal), gastos rechazados relacionados con los inmuebles (energía, agua, contribuciones), y depreciación no deducible.
El SII aplicó el artículo 21 inciso 3° letra iii) de la LIR, que grava el uso o goce de bienes del activo fijo de la empresa, presuntualizando un 11% del avalúo fiscal como mínimo para bienes raíces, con tasa de impuesto única del 40% (años 2018-2020). También rechazó gastos de consumos domésticos y depreciación por considerar que los bienes no eran utilizados por la empresa sino por terceros, bajo el argumento de que tales gastos no son necesarios para producir renta empresarial. La empresa cuestionó la calificación de 'habitual' del uso y la procedencia de incluir a sus ejecutivos como 'pers
El texto del fallo se encuentra incompleto. No es posible determinar la parte resolutiva final de la sentencia conforme aparece en el documento.
“PINK PRODUCCIONES Y RELACIONES PÚBLICAS INMOBILIARIA E INVERSIONES LTDA. con SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS, DIRECCION
REGIONAL METROPOLITANA SANTIAGO SUR”
RIT: Rol · solo Pro
RUC: Rol · solo Pro
Cuantía Neta UTM: 2.083,11
Multa UTM: 884,26
Reajuste UTM: 144,72
Intereses UTM: 914,89
Cuantía Bruta UTM: 4.026,98
Santiago, diez de diciembre del dos mil veinticinco.
VISTOS.
A) DEL RECLAMO TRIBUTARIO:
A folios 1 y siguientes del expediente electrónico, comparece don RICARDO
CELAYA BASTIDAS, abogado, cédula nacional de identidad N° 10.666.128-6, actuando en representación convencional de PINK PRODUCCIONES Y RELACIONES PUBLICAS, INMOBILIARIA E INVERSIONES LIMITADA, RUT N° 76.836.570-9, sociedad del giro de su denominación, ambos con domicilio para estos efectos en calle Rivas N° 698-1, casilla 324 de la comuna de San Joaquín, en adelante “el contribuyente, la sociedad o la reclamante”, quien conforme a lo dispuesto en el artículo 123 y siguientes del Código Tributario viene en reclamar en contra de las “Liquidaciones N° 289, 290, 291 y 292 de fecha 17 de agosto de 2021” (actuaciones reclamadas), emitidas por Dirección
Regional Metropolitana Santiago Sur del Servicio de Impuestos Internos, solicitando que sean dejadas sin efecto, con expresa condena en costas, conforme a los fundamentos de hecho y derecho que a continuación se expondrán de forma resumida:
I. FASE DE DISCUSIÓN. Los hechos y el derecho:
A. Antecedentes de la fiscalización:
Extracto del inicio del fallo. El texto completo continúa en la ficha.
Artículos citados:
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
Funnel transparente: cargando…
Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
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