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Tribunal · solo Pro
C.L.O. SpA con SII
Fecha: 15-12-2025 · Materia: Resolución · Juez: Gonzalo Hernán Trabucco González
HA LUGAR EN PARTE Ha Lugar en Parte
Tribunal acoge parcialmente reclamo de C.L.O. SpA contra denegación de rebaja de contribución territorial por ocupación ilegal de inmueble, otorgando rebaja del 95% solo para cuotas de 2021-2022, rechazando períodos anteriores por prescripción.
C.L.O. SpA y Aguirre y Bontempi Limitada, copropietarias de inmueble en Pichilemu (Rol 1125-125), sufrieron ocupación ilegal desde el 2 de septiembre de 2017 hasta el 12 de enero de 2023, que afectó el 100% del predio. Los ocupantes rompieron candado, instalaron cerco y portón sin autorización. Se inició querella civil el 13 de septiembre de 2017 ante Juzgado de Pichilemu. El 31 de mayo de 2024 se solicitó rebaja de avalúo conforme a artículo 10 letra e) Ley Impuesto Territorial. SII rechazó la solicitud mediante Resolución Exenta N°255 de 6 de agosto de 2024, argumentando que los presupuestos
El Tribunal reconoce que la ocupación ilegal constituye causal válida para rebaja conforme artículo 10 letra e) de Ley N°17.235. La Resolución Exenta N°144 de 15 de diciembre de 2023 establece procedimiento y presupuestos para estas rebajas. Sin embargo, el Tribunal aplica normas de prescripción (artículo 2521 CC y artículo 200 CT) concluyendo que solo procede modificar contribuciones determinadas dentro de los tres años previos a la solicitud, es decir, a partir del 30 de mayo de 2021. Para cuotas de 2023, desestima rebaja por su escasa relevancia dada la restitución temprana del inmueble. Re
Acoge parcialmente el reclamo dejando sin efecto la Resolución N°255. Ordena al SII rebajar en 95% las cuotas de contribución de junio, septiembre y noviembre de 2021, y abril, junio, septiembre y noviembre de 2022. Rechaza cualquier rebaja para años 2018, 2019 y 2020. Declara sin costas, con cada parte soportando las suyas.
CAUSA : “C.L.O SpA con S.I.I.”
RUC Nº : Rol · solo Pro
RIT N° : Rol · solo Pro
Rancagua, A QUINCE DE DICIEMBRE DE DOS MIL VEINTICINCO
I. VISTOS:
UNO. Presentación de folio 1, del Sistema de Administración de Causas Tributarias y Aduaneras 1, por la que don Rodrigo Bravo Vallejos, abogado, cédula de identidad nacional N°9.980.934 -5, en representación de la sociedad C.L.O. SpA, RUT N °76.452.484-5, dedujo reclamo tributario por el procedimiento General de Reclamaciones, en contra de la “ Resolución Exenta N°255”2, emitida con fecha 06 de agosto de 202 4, por el Servicio de Impuestos Internos3, a fin de que sea dejada sin efecto , disponiendo la rebaja de la contribución asociada al inmueble Rol 1125-125, de la comuna de Pichilemu, conforme a lo previsto en la letra e) del artículo 10 de la Ley sobre Impuesto Territorial , en atención a los argumentos que resumidamente se exponen a continuación.
En primer lugar, i ndica la reclamante , que ella y la sociedad AGUIRRE Y BONTEMPI LIMITADA, son dueñas en partes iguales de la propiedad singularizada como LOTE UNO, que es parte de una propiedad de mayor extensión, ubicada en Chacurra, comuna de Pichilemu, Provincia de Cardenal Caro, Región del Libertador General Bernardo O’Higgins, debidamente inscrita en el Conservador de Bienes Raíces de Pichilemu.
Explica al efecto, que el día 02 de septiembre de 2017, la propiedad referida, fue ocupada ilegalmente por terceras personas que entraron a ella, rompiendo el candado instalado en su portón, procediendo a ejecutar un cerco de madera y un portón de fierro montado sobre fundación de hormigón, sin ninguna autorización. La ocupación afectó el 100% del predio.
Extracto del inicio del fallo. El texto completo continúa en la ficha.
Artículos citados:
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
Funnel transparente: cargando…
Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
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