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Tribunal · solo Pro
INVERSIONES LAS URBINAS LTDA con SII
Fecha: 30-12-2025 · Materia: Resolución · Juez: Dora Luisa Bastía Santander
HA LUGAR EN PARTE Ha Lugar en Parte
Tribunal acoge en parte reclamo contra rechazo de gastos por aplicación de criterio 80/20 en inmueble cedido a museo y fundación. Se elimina sanción del art. 21 sobre contribuciones pagadas, pero se confirma rechazo proporcional de remuneraciones y pérdida tributaria.
INVERSIONES LAS URBINAS LTDA reclamó Resolución N°696 que modificó pérdida tributaria AT 2019 de $420.827.986 a $86.075.399. SII rechazó gastos (remuneraciones $60.189.025, depreciación $142.651.282, contribuciones $28.174.554) por no acreditarse necesidad. Inmueble Lastarria 307 alberga Museo MAVI y Fundación, cedidos gratuitamente. Contratos de arriendo cubren solo 20% superficie. SII aplicó proporción 80/20 rechazando gastos vinculados a uso no productivo.
Tribunal confirma criterio 80/20 aplicado por SII, por cuanto uso gratuito del 80% inmueble para museo y fundación constituye liberalidad, no gasto necesario para producir renta (art. 31 LIR). Se confirma rechazo íntegro remuneración directora museo y 80% personal administrativo. Rechaza 80% contribuciones como gasto deducible. Sin embargo, acoge alegación contribuyente respecto aplicación art. 21: inciso 2° exime expresamente impuesto territorial pagado del gravamen único 40%. Procede solo agregar a RLI sin sanción art. 21. Confirma ajuste pérdida arrastre ejercicios anteriores aplicando mism
HA LUGAR EN PARTE al reclamo. Se confirma Resolución Exenta N°696 manteniendo rechazo gastos proporción 80/20, sin perjuicio acogido en RAV. Se elimina aplicación impuesto único 40% artículo 21 sobre contribuciones bienes raíces pagadas, debiendo solo agregarse a RLI.
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S.S.
“INVERSIONES LAS URBINAS LTDA con SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS
DIRECCION REGIONAL STGO NORTE”.
RIT N°: Rol · solo Pro.
RUC N°: Rol · solo Pro.
En Providencia, a treinta de diciembre de dos mil veinticinco.
VISTOS:
El escrito de fecha 28.03. 2023, por el cual compareció doña Daniela Valdés
Vásquez, abogada, en representación de INVERSIONES LAS URBINAS LTDA., RUT N° 86.189.700-1, ambos domiciliados para estos efectos en Luis Pasteur N° 5280, oficina 402, comuna de Vitacura, Región Metropolitana, quien dedujo reclamo en contra de la RESOLUCIÓN N° 696, de fecha 27.07.2022, que modificó la pérdida tributaria del ejercicio de $420.827.986.- disminuyéndola a $86.075.399.- (por gastos rechazados, no acreditados en etapa de fiscalización), correspondiente al AT 201 9, emitida por el SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS, RUT N° 61.980.350-7, representado legalmente por doña Vania Uarac Senn, nombrad a mediante Resolución Ex . SIIPERS N° 15885, de 30.10.2015, ambos domiciliados en Avenida Recoleta N° 672, Región Metropolitana.
Rolan en autos, A fojas 1 a 89, Certificado de envío y recepción N° 35162, de fecha 28.03.2023, copia de la Resolución reclamada N° 696 , emitida por el SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS, de fecha 27.07.2022, liquidación N° 504, de fecha 25.07.2022, comprobante de ingreso RAV, Resolución EX. N° 162.457/18, de fecha 23.01.2023, que resolvió la RAV, escritura de fecha 09.12.2009, de modificación de sociedad Repertorio N° 15.423-2009, escritura de mandato judicial, de fecha 28.03.2023, Repertorio N° 8.071/2023, copias de cédulas de identidad. Escrito de reclamo en procedimiento general de reclamaciones, en contra de la Resolución N° 696, además, acompaña documentos que indica, solicita aviso de notificación, fija domicilio, acredita personería, designa abogado patrocinante y delega poder. Resolución del Tribunal que lo provee, da traslado al SII y testimonio de notificación. 2
Extracto del inicio del fallo. El texto completo continúa en la ficha.
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
Funnel transparente: cargando…
Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
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