Selecciona una ley y un artículo para ver su texto vigente.
Tribunal · solo Pro
ISOLA BRIONES con SII
Fecha: 05-01-2026 · Materia: Resolución
ACOGE Ha Lugar
Se acepta allanamiento del SII y se deja sin efecto resolución que clasificaba predio como sitio eriazo cuando correspondía tratarlo como agrícola.
Giancarlo Isola Briones reclama contra resolución del SII que incluye el lote 868-850 de Pinto en la serie agrícola como sitio eriazo. El predio proviene de subdivisión del rol matriz 868-51, formando un solo paño con él. En el terreno se desarrollan actividades agrícolas con plantaciones de bosque comercial y avellanos o frutales. El SII se allana totalmente a las pretensiones del reclamante.
El tribunal constata que si bien el rol 868-850 proviene de subdivisión del rol matriz en lotes de media hectárea aproximadamente, este lote aún forma un solo paño con el rol matriz, adquirido por el mismo reclamante. En el predio se visualizan plantaciones tanto de bosque comercial como de avellanos y frutales. El SII estima pertinente allanarse considerando que las actividades desarrolladas corresponden a actividades agrícolas y no a un sitio eriazo. Al no existir controversia, el tribunal acoge el allanamiento total.
Se acepta el allanamiento total del SII. Ha lugar la reclamación de fecha 20 de noviembre de 2025. Se deja sin efecto la resolución A20.2025.00014853. Sin costas por allanamiento. Se ordena cumplimiento administrativo.
Concepción, a la fecha indicada en el pie de firma.
Visto y considerando:
1°) Que, a fojas 17 y siguientes, comparece don Álvaro Fernández Ferlissi , abogado, domiciliado en calle Granada 108, Vilumanque, Concepción, en representación de GIANCARLO ISOLA BRIONES , ingeniero , Rut 16.154.368 -3, domiciliado en Jaime Repullo 1354, Talcahuano, deduciendo reclamo en contra de la resolución n° A20. 2025.00014853 de 01 de agosto de 2025, emitida por la XX Dirección Regional Chillán del Servicio de Impuestos Internos.
En dicho reclamo expone que el ente fiscal ha incluido el lote referido dentro de la serie agrícola, asignándole la condición de sitio eriazo, sin que exista motivo, ya que solo se han desarrollado actividades agrícolas sobre el terreno. 2°) Que, a fojas 25, por resolución de fecha 26.11.2025, se tuvo por interpuesto el reclamo y se confirió traslado al Servicio de Impuestos Internos. 3°) Que, a fojas 32 y siguientes, comparece el abogado don José Manuel
Corvalán Durán, en representación del Servicio de Impuestos Internos, quien evacúa el traslado conferido a fojas 25, señalando que se pudo constatar que si bien el rol 868-850 de la comuna de Pinto, proviene de una subdivisión del rol matriz 868-51 de la misma comuna, el cual fue dividido en lotes de media hectárea aproximadamente, este lote aun forma un solo paño con el rol matriz, el cual fue adquirido por el mismo reclamante, visualizándose en ellos plantaciones tanto de bosque comercial como de avellanos o frutales, es que consideran pertinente allanarse. 4°) Que, a fojas 36, se tuvo por evacuado el traslado, y al no existir controversia alguna, se citó a las partes a oír sentencia.
Por estas consideraciones y de conformidad con lo prevenido en los artículos 124 y 125 y siguientes del Código Tributario; se resuelve:
SE RESUELVE:
Extracto del inicio del fallo. El texto completo continúa en la ficha.
Artículos citados:
Todos los fallos que publican los Tribunales Tributarios y Aduaneros, junto a las sentencias de Cortes de Apelaciones y Corte Suprema y los oficios, circulares y resoluciones del SII, fáciles de encontrar para tu caso. Actualizado a diario.
Acceso ilimitado a la jurisprudencia que necesitas.
Busca, abre y descarga todos los fallos que haga falta, sin límite.
Sentencias tributarias de segunda instancia y casación, y los requerimientos de inaplicabilidad sobre preceptos tributarios.
Cargando el buscador…
Selecciona una ley y un artículo para ver su texto vigente.
Busca, analiza y chatea con todos los fallos de los Tribunales Tributarios y Aduaneros de Chile.
Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
Funnel transparente: cargando…
Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
Selecciona Oficios, Circulares o Resoluciones en la barra lateral y luego un documento para ver su contenido completo.
Cubre más de 4.000 oficios, 830 circulares y 1.600 resoluciones del SII. Filtra por año o busca en materia, criterio y texto completo.