Selecciona una ley y un artículo para ver su texto vigente.
Tribunal · solo Pro
AUTOMOTRIZ AUTOSUR LIMITADA con SII
Fecha: 09-01-2026 · Materia: Resolución · Juez: Anselmo Iván Cifuentes Ormeño
RECHAZA Confirmatorio No Ha Lugar
Tribunal rechaza reclamo de Automotriz Autosur contra denegación de devolución de saldo a favor por $29.971.949 del año 2020, debido a inconsistencias en declaración de gastos por remuneraciones.
Automotriz Autosur Limitada reclama contra Resolución Exenta n.° 100232132 del SII que denegó la devolución de saldo a favor por $29.971.949 correspondiente al año tributario 2020. El Servicio rechazó la devolución argumentando que el gasto por remuneraciones declarado (artículo 31 LIR) podría ser excesivo, detectando discrepancias entre las declaraciones juradas 1923, 1847, 1887 y 1879 del mismo año tributario. La empresa sostiene que revisados sus registros internos no existe diferencia entre DDJJ 1923 y 1847, y que el monto total declarado por remuneraciones asciende a $4.227.816.201.
El tribunal debe analizar si el SII actuó dentro de sus facultades. El Servicio detectó inconsistencias objetivas en las remuneraciones: DJ 1887 registra $3.078.615.769, DJ 1879 consigna $12.011.880, mientras DJ 1923 declara $4.227.816.201 y DJ 1847 consigna $4.265.038.318. La suma de DDJJ 1887 y 1879 alcanza $3.090.627.649, cifra ostensiblemente inferior al gasto declarado en la renta líquida imponible. El reclamante sólo acreditó concordancia entre DDJJ 1923 y 1847, pero no explicó las discrepancias con DDJJ 1887 y 1879. El Servicio tiene facultades para retener el procesamiento del Formular
Se rechaza el reclamo en todas sus partes. Se mantiene la Resolución Exenta n.° 100232132 que denegó la devolución del saldo a favor, sin ordenar devolución alguna ni liberación del Formulario 22.
Concepción, a la fecha indicada en el pie de firma.
VISTOS:
En lo principal del escrito de folio 15 y siguientes, comparece don Álvaro
Fernández Ferlissi, abogado, en representación de Automotriz Autosur Limitada , rol único tributario 96.585.470-3, representada legalmente por don José Antonio Isola Merello, rol único tributario 4.172.786-1, con domicilio para estos efectos en calle Jaime Repullo número 1574, de la comuna de Talcahuano; quien deduce reclamo tributario en contra de la Resolución Exenta n.° 100232132, de 16 de diciembre de 2022, emitida por la VIII Dirección Regional del Servicio de Impuestos Internos , conforme a los siguientes argumentos que desarrolla en su presentación:
Expone que el Servicio de Impuestos Internos, mediante la resolución impugnada, declaró improcedente la devolución de un saldo a favor retenido , por la suma de $29.971.949, pedida en el año tributario 2020. Indica que el fundamento de la denegación fue la observación “A09”, señalándole que, según antecedentes del Servicio, el monto utilizado como gasto por remuneraciones (N° 6 del artículo 31 de la Ley sobre Impuesto a la Renta), declarado en el concepto o partida 6 de las declaraciones juradas 1923 o 1847 , podría ser excesivo, razón por la cual el Servicio habría retenido el procesamiento del Formulario 22; añade que el contribuyente , en esa instancia, fue informado de “diferencias” y de la posibilidad de efectuar una declaración rectificatoria.
Extracto del inicio del fallo. El texto completo continúa en la ficha.
Artículos citados:
Todos los fallos que publican los Tribunales Tributarios y Aduaneros, junto a las sentencias de Cortes de Apelaciones y Corte Suprema y los oficios, circulares y resoluciones del SII, fáciles de encontrar para tu caso. Actualizado a diario.
Acceso ilimitado a la jurisprudencia que necesitas.
Busca, abre y descarga todos los fallos que haga falta, sin límite.
Sentencias tributarias de segunda instancia y casación, y los requerimientos de inaplicabilidad sobre preceptos tributarios.
Cargando el buscador…
Selecciona una ley y un artículo para ver su texto vigente.
Busca, analiza y chatea con todos los fallos de los Tribunales Tributarios y Aduaneros de Chile.
Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
Funnel transparente: cargando…
Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
Selecciona Oficios, Circulares o Resoluciones en la barra lateral y luego un documento para ver su contenido completo.
Cubre más de 4.000 oficios, 830 circulares y 1.600 resoluciones del SII. Filtra por año o busca en materia, criterio y texto completo.