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Tribunal · solo Pro
MENDOZA URIARTE con SII
Fecha: 15-01-2026 · Materia: Resolución · Juez: Anselmo Iván Cifuentes Ormeño
RECHAZA No Ha Lugar
Tribunal rechaza cambio de clasificación a Primera Serie Agrícola de bienes raíces en Chillán, determinando que carecen de explotación agrícola efectiva conforme a Ley 17.235.
Graciela Mendoza Uriarte, propietaria de bienes raíces rurales (roles 6007-2, 6007-5, 6007-15, 6007-16, 6007-37, 6007-38, 6007-39) en Chillán, solicita cambio de clasificación a agrícola. El SII rechazó la solicitud mediante Resolución Ex SII N° 004 de 5 enero 2023. Los predios están arrendados con contrato de talaje de equinos desde 2018. La fiscalización en terreno de 24 noviembre 2022 no constató presencia de animales ni actividad agrícola. Los predios ubicados en área homogénea XMB124 caracterizada como mixta con predominio habitacional/comercial.
El tribunal analiza la Ley 17.235 que define Primera Serie Agrícola por destinación preferente o susceptibilidad económica predominante para producción agropecuaria. Examina la Circular 15/2019 sobre parcelas de agrado, que clasifica como no agrícolas inmuebles rurales con valor comercial superior al agrícola cuando explotación es inexistente o secundaria. Valora la constatación en terreno donde no se observó presencia de animales, talaje, cultivos ni instalaciones, solo pasto natural sin manejo. Considera que el análisis comparativo del sector muestra predominancia de usos residenciales/comer
Se confirma el rechazo de la solicitud de cambio de destino a bien raíz agrícola, manteniéndose la clasificación de Segunda Serie no agrícola de los roles impugnados conforme a los antecedentes de fiscalización y caracterización del área.
Concepción, a la fecha indicada en el pie de firma.
VISTOS:
En lo principal del escrito de folio 6 y siguientes, comparece don Francisco Muñoz Navarro, abogado, cédula nacional de identidad n.° 15.491.418-8, en representación de doña Graciela Carolina Mendoza Uriarte, cédula de identidad n.° 7.508.889-2, médico cirujano, con domicilio para estos efectos en calle 18 de septiembre 671, oficina 402, de la comuna de Chillán; quien deduce reclamo tributario en contra de la Resolución Ex SII n° 004 de 5 de enero de 2023, del Departamento Regional de Avaluaciones de la XX Dirección Regional Chillán del Servicio de Impuestos Internos , conforme a los argumentos que desarrolla en su presentación, como sigue:
Señala que la contribuyente es propietaria de los bienes raíces rurales rol 6007-2, 6007 -5, 6007 -15, 6007 -16, 6007 -31, 6007 -37, 6007 -38 y 6007 -39 denominados “Aromos de Don Luis” LT 2, LT 5, LT 15, LT 16, LT 31 de la manzana A, y LT 1, LT2, LT3 de la manzana B, comuna de Chillán, los cuales provienen del rol matriz 2210-41 de la comuna de Chillán ; y que el Servicio de Impuestos Internos , respecto de los roles materia de la solicitud , rechazó la solicitud de cambio de destino a bien raíz agrícola, mediante la resolución impugnada (en esta parte, debemos aclarar que el reclamo del contribuyente no incluye el rol 6007-31). La reclamante sostiene que el fundamento fáctico principal del rechazo (la fiscalización en terreno de 24 de noviembre de 2022) es incorrecto o, a lo menos, insuficiente para descartar el uso agrícola. Indica que el arrendatario es conocido por la crianza de animales y actividad agrícola en Chillán y la Región de Ñuble, y que, dada la dinámica propia del pastoreo, los animales pueden estar siendo trasladados dentro de los predios, de modo que al momento de la visita pudieron encontrarse en un sector no visible desde el camino público o desde el camino del loteo.
Extracto del inicio del fallo. El texto completo continúa en la ficha.
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
Funnel transparente: cargando…
Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
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