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Tribunal · solo Pro
INVERSIONES GRAN ARAUCANÍA DOS LTDA. con SII
Fecha: 28-01-2026 · Materia: Resolución · Juez: José Antonio Guerrero Uriarte
RECHAZA+1.000M No Ha Lugar
Se rechaza reclamo de Inversiones Gran Araucanía Dos Ltda. contra denegación de devolución de PPUA por $1.308 millones para AT 2021, confirmando que la resolución no adolece de falta de fundamentación ni vulnera principios de confianza legítima ni actos propios.
Inversiones Gran Araucanía Dos Ltda. presentó declaración anual de impuesto a la renta para AT 2021 solicitando devolución de PPUA por $1.757 millones. El SII liberó parcialmente $448 millones y retuvo $1.308 millones. Durante fiscalización, el SII requirió documentación sobre costos de venta de acciones de ESSAL S.A. La contribuyente acompañó documentos el 30 de noviembre y 1 de diciembre de 2021, y nuevamente el 5 de mayo de 2022. El 10 de mayo de 2022, el SII dictó Resolución 1211 rechazando la devolución argumentando falta de acreditación de costos de venta. La empresa reclama alegando fal
El tribunal analiza que para la teoría de actos propios se requieren cuatro requisitos copulativos: conducta jurídicamente relevante anterior, pretensión antagónica, perjuicio grave a terceros e identidad del sujeto. Examina que el principio de confianza legítima impone coherencia a la Administración del Estado. Sin embargo, constata que la reclamante no acompañó documentación idónea (citaciones, actas de notificación o resoluciones) que permita verificar que las fiscalizaciones de AT 2018 y 2020 recayeron sobre las mismas partidas específicas del costo de adquisición y pago efectivo de accion
Se rechaza el reclamo presentado por Inversiones Gran Araucanía Dos Ltda. Se confirma la Resolución Exenta 1211 de 10 de mayo de 2022 del SII. Se declara que no hay motivo para condenar en costas a la reclamante por haber existido motivo plausible para litigar.
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EN SANTIAGO, A VIENTIOCHO DE ENERO DEL AÑO DOS MIL
VEINTISEIS
VISTOS:
El escrito de fecha 26 de agosto del año 2022, presentado por don
JOAQUÍN URRA TRUJILLO , abogado, cédula de identidad número 14.013.311-6, en representación de INVERSIONES GRAN ARAUCARIA DOS
LIMITADA, RUT:76.727.516 -1, ambos domiciliados para estos efectos en Avenida Andrés Bello N° 2711, piso 4°, comuna de Las Condes, quienes en conformidad al Procedimiento General de Reclamaciones contemplado en los artículos 124 y siguientes del Código Tributario, interponen reclamo en contra de la Resolución Ex. N° 1211 de fecha 10 de mayo del año 2022, la cual denegó una devolución por concepto de Pago Provisional por Utilidades Absorbidas (en adelante PPUA), para el AT 2021, por la suma de $1.308.404.114, solicitando que aquella sea dejada sin efecto.
A modo de contexto, señala que con fecha 10 de mayo del año 2021, la reclamante presentó su Declaración Anual sobre Impuesto a la Renta, contenida en el F22 folio 349340191, solicitando una devolución por concepto de PPUA por la suma total de $1.757.338.562.
Indica que, una vez presentada dicha declaración, el Servicio observó , a través de su sitio web, el Formulario 22 , señalando que existirían diferencias entre lo declarado y la información que obraba en su poder, entre las cuales se encontraba la Observación G92 relativa al “Control de la tributación de la ganancia de capital obtenida en la enajenación de acciones y fondos de inversión”.
Extracto del inicio del fallo. El texto completo continúa en la ficha.
Artículos citados:
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
Funnel transparente: cargando…
Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
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