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Tribunal · solo Pro
Inversiones Torres González SpA con SII
Fecha: 11-02-2026 · Materia: Liquidación · Juez: Javiera Mercedes Bobadilla Orellana
RECHAZA No Ha Lugar
Reclamo tributario contra liquidaciones de IVA y renta por supuestas facturas falsas y falta de notificación de resolución de tasación.
Inversiones Torres González SpA interpone reclamo contra liquidaciones N° 389 a 424 de septiembre 2021. El SII rechazó créditos fiscales por facturas supuestamente falsas de proveedores (Laura Miranda Veloso, Sociedad Constructora Santa Florencia Ltda., Comercializadora Victoria González Acuña E.I.R.L., Inversiones Mundo y Compañía Ltda., Comercializadora Carla Carrasco Lagos E.I.R.L.), argumentando que dichos proveedores no reportaban trabajadores, registraban bajo capital, no se ubicaban en domicilios informados, y la contribuyente no aportó documentación en fiscalización. Asimismo, se aplic
La reclamante sostiene que el SII calificó erróneamente las facturas como falsas, siendo operaciones comerciales reales; que los hechos sobre el proveedor (falta de pago de IVA, bajo capital, ubicación) no afectan la validez de las facturas; y que la omisión de notificación de la resolución de tasación infringe normas legales de impugnabilidad y contradictoriedad. El SII argumenta que la reclamante no aportó antecedentes durante fiscalización, citación N° 57 requirió acreditación de efectividad operacional sin respuesta, certificado N° 11 de 30.08.2021 constató tal ausencia, y que corresponde
El fallo no se encuentra completo en el texto proporcionado, por lo que no es posible determinar la resolución final del tribunal.
Concepción, a la fecha indicada en el pie de firma.
VISTOS:
Que, a fojas 38 y siguientes, comparece don ALVARO FERNANDEZ
FERLISI, abogado, en representación procesal de INVERSIONES TORRES
GONZALEZ SpA, Rut 76.633.424-5, ambos con domicilio para estos efectos en calle Maipú N° 34, comuna de Concepción; quien viene en interponer reclamo en conformidad al artículo 124 y siguientes del Código Tributario en contra de la s liquidaciones N° 389 a 424, todas de fecha 02 de septiembre de 2021.
Inicia su relato, dando a conocer los antecedentes relativos al contenido de las liquidaciones reclamadas
Luego, en cuanto al reclamo propiamente tal , indica que sus alegaciones se basan en los siguientes fundamentos; 1.- Se solicita se dejen sin efecto las liquidaciones de IVA al haber calificado el Servicio erradamente de falsas las facturas.
En este punto indica que el ente fiscal ha realizado un distingo respecto a periodos tributarios en los que se rechaza el crédito fiscal por falta de documentación acompañada, correspondiente a septiembre de 2016 a junio de 2017, y por otra parte , desde julio de 2017 en adelante, declarando que se rechaza el crédito fiscal por estar sustentado en facturas falsas; frente a lo cual, la reclamante reafirma que las operaciones comerciales se realizaron en los términos consignados en las facturas.
Además, indica que el ente fiscal respalda sus dichos al señalar que el proveedor no habría pagado el IVA recargado en la operación que mantuvo con la reclamante; frente a lo cual la contribuyente indica que dicha aseveración se encuentra dentro del ámbito personal y solo atribuibles al proveedor.
Extracto del inicio del fallo. El texto completo continúa en la ficha.
Artículos citados:
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
Funnel transparente: cargando…
Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
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