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Tribunal · solo Pro
KRAIZEL KALDI con SII
Fecha: 27-02-2026 · Materia: Giro · Juez: Cristhian Eduardo Navarrete Cottet
ACOGE Ha Lugar
Se acoge la reclamación y deja sin efecto el giro por impuesto al lujo (art. 9° Ley 21.420) al constatar que el SII emitió el acto sin que existiera el reglamento previo mandatado por la ley, vulnerando el principio de legalidad.
Boris Kraizel Kaldi fue girado por el SII en abril de 2024 por concepto de impuesto al lujo sobre un avión Cessna modelo TR182 (matrícula CC-PLR) por $3.221.606. El reclamante cuestiona la legalidad del giro alegando que el SII actuó sin el reglamento que la ley ordena dictar, además de otros vicios en la determinación del precio corriente en plaza. El SII contesta que la ley no subordina la vigencia del impuesto a la dictación de reglamento y que posee facultades para aplicarlo.
El tribunal constata que el inciso final del artículo 9° de la Ley 21.420 ordena expresamente la dictación de un reglamento mediante decreto supremo del Ministerio de Hacienda para 'establecer la forma de verificar la afectación de los bienes' con el impuesto. Conforme a oficios de Contraloría (27/05/2024) y Ministerio de Hacienda (04/06/2024), el reglamento no existía a la fecha de emisión del giro (01/04/2024) y se encontraba en elaboración. El tribunal estima que el reglamento constituye un elemento legal esencial para determinar la base imponible y que su omisión es un vicio que impide la
Se acoge la reclamación y se deja sin efecto el Giro Folio 9634621 emitido el 01/04/2024 por el SII por impuesto al lujo. Se ordena al Director Regional de la XV Dirección Regional Metropolitana Santiago Oriente del SII disponer el cumplimiento administrativo de lo resuelto. Cada parte paga sus propias costas.
“KRAIZEL KALDI, BORIS con SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS”
RUC N° Rol · solo Pro
RIT N° Rol · solo Pro
Santiago, veintisiete de febrero de dos mil veintiséis.
VISTOS:
A fojas 3, comparece por don Jaime Barrientos Ramírez, cédula nacional de identidad N°10.256.755-2, abogado, en representación de don BORIS KRAIZEL KALDI , Rol Único Tributario N°15.382.325-1, ambos domiciliados en Luis Rodriguez Velasc o 4712, comuna de Las Condes, quien interpone reclamación tributaria en contra del Giro Folio N° 9634621, emitido con fecha 01/04/2024 por la XV Dirección Regional Metropolitana Santiago Oriente del Servicio de Impuestos Internos (en adelante, SII), por concepto de Impuesto al Lujo regulado en el artículo 9° de la Ley N°21.420, solicitando dejarlo sin efecto en atención a los graves vicios de ilegalidad que le afectan ; y, en subsidio, aplicar un tramo exento, reduci endo el monto del impuesto cobrado , sin costas, en virtud de los siguientes fundamentos:
En el capítulo de su reclamo titulado: “ANTECEDENES DE HECHO” , explica que el Giro reclamado pretende cobrar a su representado el impuesto regulado en el artículo 9° de la Ley N°21.420 que persigue el pago de un impuesto ascendente a $3.221.606.-, según el siguiente detalle:
En el capítulo de su libelo denominado: “FUNDAMENTOS DEL RECURSO”, relata que funda su acción en la ilegalidad y arbitrariedad del acto administrativo reclamado.
Extracto del inicio del fallo. El texto completo continúa en la ficha.
Artículos citados:
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
Funnel transparente: cargando…
Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
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