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Tribunal · solo Pro
LÓPEZ BASTIAS con SII
Fecha: 06-03-2026 · Materia: Liquidación · Juez: José Antonio Guerrero Uriarte
RECHAZA No Ha Lugar
Tribunal rechaza reclamo de contribuyente contra liquidaciones que niegan crédito de Impuesto de Primera Categoría por dividendos no acreditados de sociedad Inmobiliaria Majegui S.A., confirmando las liquidaciones por insuficiencia probatoria.
Paolo Sandrino López Bastías adquirió acciones de Inmobiliaria Majegui S.A. el 9 de junio de 2015. Declaró dividendos de $25.000.000 (2016) y $30.052.098 (2017) con créditos asociados de Impuesto de Primera Categoría. El SII emitió citación N°175 el 7 de julio de 2021 y posteriormente liquidaciones N°762 a 764 del 25 de noviembre de 2021, determinando reintegro de $20.398.342 incluidos recargos, alegando dividendos inexistentes y falsedad maliciosa de las declaraciones.
El Tribunal analiza dos cuestiones: prescripción y procedencia del crédito de IDPC. Respecto de la prescripción, la citación emitida el 7 de julio de 2021 amplía el plazo en tres meses, permitiendo al SII usar el plazo ordinario de tres años. En cuanto al crédito de IDPC del artículo 56 N°3 de la LIR, el Tribunal constata que el contribuyente no aportó prueba suficiente de la efectiva percepción de dividendos ni del pago de Primera Categoría en la sociedad. Falta documentación como cheques, cartolas bancarias, transferencias y Declaraciones Juradas N°1886, siendo insuficiente la documentación
Se rechaza la reclamación y se confirman las Liquidaciones N°762 a 764 del 25 de noviembre de 2021. El contribuyente debe reintegrar $20.398.342 incluidos recargos legales para los años tributarios 2016 y 2017. Se declara no condenación en costas por existir motivos plausibles para litigar.
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EN SANTIAGO, A SEIS DE MARZO DE DOS MIL VEINTISÉIS.
VISTOS:
El escrito de fecha 11 de marzo de 2022, rolante a fojas 1 y siguientes de autos, presentado por don CRISTÓBAL SERGIO EAST TOMICIC , RUT N°9.614.432-6, en representación de don PAOLO SANDRINO L ÓPEZ
BASTÍAS, RUT N° 13.054.252-2, ambos domiciliados para estos efectos en Santo Domingo Nº664 , comuna de Santiago, quien interpone reclamo de conformidad al Procedimiento General de Reclamaciones establecido en el Código Tributario, en contra de las Liquidaciones N°762 a 764, de fecha 25 de noviembre de 2021, emitidas por la Dirección Regional Metropolitana Santiago Norte del Servicio de Impuestos Internos (en adelante SII) , determinando un reintegro por devolución indebida para los Años Tributarios (en adelante AT) 2016 y 2017 por el monto total de $20.398.342.-, incluidos recargos legales. El contribuyente sostiene, en síntesis, que los actos reclamados se fundamentan en antecedentes erróneos, jurídicamente improcedentes y carentes de sustento probatorio, toda vez que el SII ha calificado como “maliciosamente falsas” las declaraciones de renta correspondientes a los AT 2016 y 2017, en las cuales incorporó dividendos percibidos como accionista de la sociedad Inmobiliaria Majegui S.A. ( en adelante Majegui ), calidad que, según indica, ostentó legítimamente tras adquirir 23 acciones de dicha entidad mediante contrato de compraventa celebrado con su anterior titular, don Yamal Dababneh Hadwah, con fecha 9 de junio de 2015, acto que fue oportunamente informado al SII y registrado en sus sistemas, sin que existan antecedentes que desvirtúen la autenticidad de dicha transacción ni que acredite la existencia de simulación o nulidad del contrato respectivo.
Extracto del inicio del fallo. El texto completo continúa en la ficha.
Artículos citados:
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
Funnel transparente: cargando…
Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
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