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Tribunal · solo Pro
ROJAS PORTALES con SII
Fecha: 24-03-2026 · Materia: Liquidación · Juez: José Antonio Guerrero Uriarte
RECHAZA No Ha Lugar
Se rechaza reclamación contra liquidaciones de reintegro por devolución indebida de crédito de Primera Categoría en dividendos de Inmobiliaria Majegui S.A., AT 2017, por falta de prueba del pago efectivo de dividendos y créditos asociados.
Doña Tania Arlette Rojas Portales declara dividendos por $28.382.537 de Inmobiliaria Majegui S.A. para AT 2017, con crédito de Primera Categoría de $5.497.780, solicitando devolución. El SII emite Liquidaciones Nos. 890 y 891 (29 dic. 2021) determinando reintegro de $8.966.265 incluidos recargos, calificando la declaración como maliciosamente falsa. La reclamante sostiene haber adquirido acciones en 2015 y percibido legítimamente los dividendos, que fueron declarados oportunamente.
El tribunal analiza dos cuestiones: prescripción de la acción fiscalizadora y procedencia del crédito de Primera Categoría. Respecto a prescripción, se establece que la Citación N°184 (14 jul. 2021) interrumpe y amplía el plazo ordinario de 3 años a 6 años según artículo 200 CT, siendo las Liquidaciones (29 dic. 2021) oportunas. Sobre el crédito, se determina que la reclamante no aportó prueba suficiente de pago efectivo de dividendos ni que la sociedad pagara Primera Categoría. Falta documentación como cheques, cartolas bancarias, Declaraciones Juradas N°1886 y certificados de pago de TGR. La
Se rechaza la reclamación interpuesta por Tania Arlette Rojas Portales y se confirman las Liquidaciones Nos. 890 y 891 de 29 de diciembre de 2021 emitidas por el SII. No se condena en costas por existir motivos plausibles para litigar.
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EN SANTIAGO, A VEINTICUATRO DE MARZO DE DOS MIL VEINTISÉIS.
VISTOS:
El escrito de fecha 12 de abril de 2022, rolante a fojas 1 y siguientes de autos, presentado por don CRISTOBAL SERGIO EAST TOMICIC , RUT N°9.614.432-6, en representación de doña TANIA ARLETTE ROJAS
PORTALES, RUT N° 15.940.170-7, (en adelante la parte reclamante o la reclamante, indistintamente) ambos domiciliados para estos efectos en calle Santo Domingo N °664, comuna de Santiago, quien interpone reclamo de conformidad al Procedimiento General de Reclamaciones establecido en el Código Tributario (en adelante CT) , en contra de las Liquidaciones N° 890 y 891, ambas de fecha 29 de diciembre de 2021, (en adelante las Liquidaciones) emitidas por la Dirección Regional Metropolitana Santiago Norte, del Servicio de Impuestos Internos (en adelante SII) , determinando un reintegro por devolución indebida, para el Año Tributario (en adelante AT) 2017 por el monto total de $8.966.265.-, incluidos recargos legales.
La reclamante sostiene, en síntesis, que las Liquidaciones impugnadas se fundamentan en antecedentes erróneos, jurídicamente improcedentes y carentes de sustento probatorio, toda vez que el SII ha calificado como “maliciosamente falsa” la declaración de renta correspondiente al AT 2017, en la cual incorporó dividendos percibidos como accionista de la sociedad Inmobiliaria Majegui S.A. ( en adelante Majegui ), calidad que, según indica, ostentó legítimamente tras adquirir acciones de dicha entidad mediante contrato de compraventa celebrado con doña María Soledad Lobos Toro, quién a su vez las adquirió años antes de don Yamal Dababneh Hadwah, con fecha 9 de junio de 2015, acto que fue oportunamente informado al SII y registrado en sus sistemas, sin que existan antecedentes que desvirtúen la autenticidad de 2 dicha transacción ni que acredite la existencia de simulación o nulidad del contrato respectivo.
Extracto del inicio del fallo. El texto completo continúa en la ficha.
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
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Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
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