Selecciona una ley y un artículo para ver su texto vigente.
Tribunal · solo Pro
PATAGUAL HOME SPA con SII
Fecha: 30-03-2026 · Materia: Resolución · Juez: Anselmo Iván Cifuentes Ormeño
ACOGE Ha Lugar
Tribunal acoge allanamiento total del SII y deja sin efecto resolución que rechazó incorporación de CEEC en F29 de Patagual Home SpA por período diciembre 2023.
Patagual Home SpA reclamó contra Resolución Exenta n.° 77325136307 del 07.07.2025 emitida por la VIII Dirección Regional del SII, que rechazó la incorporación del CEEC en el formulario F29 del período tributario diciembre de 2023 y no acreditó la actividad de construcción de la empresa. El SII evacuó el traslado señalando que los antecedentes acompañados al reclamo permitieron aclarar y subsanar las observaciones efectuadas.
El Tribunal constató que el Servicio de Impuestos Internos se allanó totalmente a las pretensiones de la reclamante, subsanando las observaciones efectuadas en la resolución cuestionada mediante los antecedentes aportados por Patagual Home SpA. Al existir allanamiento total, no hay controversia que resolver. Se aplica lo dispuesto en los artículos 124 y 125 del Código Tributario, procediendo acoger el allanamiento.
Se acepta allanamiento total del SII. Ha lugar a la reclamación. Se deja sin efecto la Resolución Exenta n.° 77325136307 de 07.07.2025. No se condena en costas por allanamiento total. Se ordena cumplimiento administrativo.
Concepción, a la fecha indicada en el pie de firma.
Visto y considerando:
1°) Que, a fojas 206 y siguientes, comparece don Hugo Tapia Krug, Rut: 13.307.419-8, abogado, en representación de Patagual Home SpA., Rut: 77.057.384- K, ambos domiciliados en Camino a Coronel Interior n.° 5980 Lote 5 de la comuna de San Pedro de la Paz, deduciendo reclamo en contra de la Resolución Exenta n.° 77325136307 de fecha 07.07.2025, emitida por la VIII Dirección Regional del Servicio de Impuestos Internos.
Lo anterior, toda vez, que el Servicio rechazó a la incorporación del CEEC en el F29 del periodo tributario diciembre de 2023 y no tuvo por acreditada la actividad de construcción de PATAGUAL HOME SpA. 2°) Que, a fojas 231, por resolución de fecha 04.03.2026, se tuvo por interpuesto el reclamo y se confirió traslado al Servicio de Impuestos Internos. 3°) Que, a fojas 241 y siguientes, comparece el abogado don Roberto Rojas Retamal, en representación del Servicio de Impuestos Internos, quien evacúa el traslado conferido, señalando que los argumentos y antecedentes acompañados al reclamo, permitieron aclarar y subsanar las observaciones efectuadas en la Resolución Exenta n.° 77325136307 de fecha 07.07.2025, razón por la cual se allana totalmente a las alegaciones de la reclamante. 4°) Que, a fojas 246, se tuvo por evacuado el traslado, y al no existir controversia alguna, se citó a las partes a oír sentencia.
Por estas consideraciones y de conformidad con lo prevenido en los artículos 124 y 125 y siguientes del Código Tributario;
SE RESUELVE:
I.- Que, se acepta el allanamiento total interpuesto por el Servicio de Impuestos Internos a las pretensiones de la parte recurrente. Ha Lugar, a la reclamación presentada con fecha 02.03.2026.
II.- En consecuencia, se deja sin efecto la Resolución Exenta n.° 77325136307 de fecha 07.07.2025, emitida por la VIII Dirección regional del Servicio de Impuestos Internos.
Extracto del inicio del fallo. El texto completo continúa en la ficha.
Artículos citados:
Todos los fallos que publican los Tribunales Tributarios y Aduaneros, junto a las sentencias de Cortes de Apelaciones y Corte Suprema y los oficios, circulares y resoluciones del SII, fáciles de encontrar para tu caso. Actualizado a diario.
Acceso ilimitado a la jurisprudencia que necesitas.
Busca, abre y descarga todos los fallos que haga falta, sin límite.
Sentencias tributarias de segunda instancia y casación, y los requerimientos de inaplicabilidad sobre preceptos tributarios.
Cargando el buscador…
Selecciona una ley y un artículo para ver su texto vigente.
Busca, analiza y chatea con todos los fallos de los Tribunales Tributarios y Aduaneros de Chile.
Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
Funnel transparente: cargando…
Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
Selecciona Oficios, Circulares o Resoluciones en la barra lateral y luego un documento para ver su contenido completo.
Cubre más de 4.000 oficios, 830 circulares y 1.600 resoluciones del SII. Filtra por año o busca en materia, criterio y texto completo.