Selecciona una ley y un artículo para ver su texto vigente.
Tribunal · solo Pro
ACADEMIA DE GIMNASIO NORTH FITNESS LIMITADA con SII
Fecha: 08-04-2026 · Materia: Artículo 8 bis CT · Juez: César Manuel Verdugo Reyes
RECHAZA No Ha Lugar
Rechaza reclamo por vulneración de derechos de contribuyente que solicitaba procesar rectificación del F22 año 2021, por estar pendiente litigio sobre resultado tributario del año 2022 que incide directamente en la rectificación solicitada.
Academy de Gimnasio North Fitness Limitada presentó erróneamente el formulario 22 del año tributario 2021 sin consignar información completa de su realidad tributaria, solicitando solo devolución de PPM. En 2022 declaró correctamente con pérdida tributaria que arrastraba del ejercicio anterior. El SII rechazó la devolución solicitada y observó la declaración 2022 por control de pérdidas de ejercicios anteriores. Mediante liquidación de marzo 2024 el SII determinó diferencias por $3.625.777. La contribuyente presentó múltiples peticiones administrativas para rectificar el F22 2021, siendo recha
El tribunal constató que la rectificación solicitada para el año 2021 genera impacto directo en el resultado tributario del año 2022, respecto del cual existe contienda judicial pendiente ante el mismo tribunal. La rectificación presentada indica solicitud de devolución de $686.558 versus $371.280 originalmente declarado, importando mayor pago para el SII. Conforme al artículo 54 inciso 3° de la Ley 19.880, el SII se inhibe de conocer reclamaciones sobre la misma pretensión mientras existe acción jurisdiccional pendiente. Aunque la forma de la respuesta mediante correo electrónico podría cuest
No ha lugar al reclamo por vulneración de derechos. No se condena en costas por tener la actora motivos plausibles para litigar. Se aplica apercibimiento del artículo 131 bis del Código Tributario respecto de la actora.
1
RESUMEN:
PARTES: ACADEMIA DE GIMNASIO NORTH FITNESS LIMITADA CON SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS.
RIT: Rol · solo Pro.
RUC: Rol · solo Pro.
MATERIA: ARTÍCULO 8 BIS CÓDIGO TRIBUTARIO.
PROCEDIMIENTO: VULNERACIÓN DE DERECHOS.
CUANTÍA BRUTA: NO APLICA.
La Serena, ocho de abril de dos mil veintiséis.
VISTOS:
Que a fojas 16 y siguientes, con fecha 7 de enero de 2026, comparece doña CARLA ANDREA HUERTA MIRANDA, chilena, abogada, cédula de identidad número 15.041.585-3, en representación, de la sociedad ACADEMIA DE GIMNASIO NORTH
FITNESS LIMITADA, sociedad del giro de su denominación, Rol Único Tributario número 76.317.771-8, todos domiciliados para estos efectos en prolongación Benavente n° 1075 Block, Local 1535 Mall Open Plaza Comuna de Ovalle, señala que viene a interponer reclamo por vulneración de derechos en virtud de los siguientes fundamentos de hecho y derecho que pasa a exponer:
Señala que con fecha 31 de mayo de 2021, su representada presentó el formulario 22 correspondiente al año tributario 2021 erróneamente al no consignar toda la información de la realidad tributaria del contribuyente, limitándose sólo a solicitar devolución de los PPM pagados por $371.280, sin declarar ninguno de los demás códigos de dicho formulario ni los recuadros correspondientes a su régimen de tributación.
Al año siguiente, agrega, con fecha 19 de abril de 2022, su representada presentó la declaración anual de Impuesto a la renta correspondiente al año tributario 2022. En dicha oportunidad, si se declaró correctamente con todos los códigos y el resultado tributario fue de pérdida, ya que, se arrastraba una pérdida tributaria de ejercicios anteriores (AT 2021) y además también había pérdida tributaria del ejercicio.
Extracto del inicio del fallo. El texto completo continúa en la ficha.
Artículos citados:
Todos los fallos que publican los Tribunales Tributarios y Aduaneros, junto a las sentencias de Cortes de Apelaciones y Corte Suprema y los oficios, circulares y resoluciones del SII, fáciles de encontrar para tu caso. Actualizado a diario.
Acceso ilimitado a la jurisprudencia que necesitas.
Busca, abre y descarga todos los fallos que haga falta, sin límite.
Sentencias tributarias de segunda instancia y casación, y los requerimientos de inaplicabilidad sobre preceptos tributarios.
Cargando el buscador…
Selecciona una ley y un artículo para ver su texto vigente.
Busca, analiza y chatea con todos los fallos de los Tribunales Tributarios y Aduaneros de Chile.
Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
Funnel transparente: cargando…
Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
Selecciona Oficios, Circulares o Resoluciones en la barra lateral y luego un documento para ver su contenido completo.
Cubre más de 4.000 oficios, 830 circulares y 1.600 resoluciones del SII. Filtra por año o busca en materia, criterio y texto completo.