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Tribunal · solo Pro
SII con SOCIEDAD COMERCIAL Y DISTRIBUIDORA GAJARDO Y GAJAR
Fecha: 29-04-2026 · Materia: Artículo 97 N° 4 del CT · Juez: dora_bastia_santander
RECHAZA No Ha Lugar
Tribunal confirmó multa de $20.280.906 a Sociedad Comercial y Distribuidora Gajardo y Gajardo Ltda. por usar facturas falsas para declarar IVA crédito fiscal indebidamente en períodos enero-febrero 2020.
La contribuyente registró y declaró IVA crédito fiscal en formularios 29 de enero y febrero 2020 amparado en facturas electrónicas emitidas por Contructora Los Valles SpA por $14.430.663. La encargada de compras reconoció en declaración jurada que no existían órdenes de compra, no conocían a la empresa proveedora ni había comprobantes de pago. Posteriormente, en septiembre 2021, la denunciada rectificó los formularios 29 reclasificando dichas facturas al revisar que el emisor tenía problemas en el portal del SII.
El tribunal analizó que la falsedad de las operaciones quedó acreditada mediante copias de facturas y declaración jurada de la encargada de compras quien reconoció inexistencia de órdenes de compra, desconocimiento del proveedor y ausencia de respaldos de pago. Se determinó conducta dolosa por la identidad, tipo, monto y frecuencia de las operaciones falsas, considerando que la denunciada con 15 años de antigüedad debería conocer sus obligaciones tributarias. El perjuicio fiscal ascendió a $14.430.663 actualizado a $20.280.906 en abril 2026. Se consideraron como atenuantes: falta de reincidenc
Se rechazó el reclamo, confirmó el Acta Denuncia N°10 y se impuso multa de $20.280.906 equivalente al 100% del monto defraudado actualizado, por infracción al artículo 97 N°4 inciso segundo del Código Tributario.
Lpp
“SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOSIBUIDORA GAJARDO Y GAJAR”
Rol · solo Pro
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En Providencia, a veintinueve de abril dos mil veintiséis.
VISTOS:
A fs. 65, Acta Denuncia N° 10, de 03.05.23, emitida por el Servicio de Impuestos
Internos, XVI Dirección Regional Metropolitana Santiago Sur, Rut N°60.803.408-0, representado legalmente por don Víctor Ávila Arriagada, Director Regional de la XVI Dirección Regional Sur según Resolución Ex. TRA N° 246/9/2021, ambos domiciliados en calle Ramón Subercaseaux N°1273, Comuna de San Miguel, en relación a la contribuyente la Sociedad Comercial y Distribuidora Gajardo y Gajardo Ltda., RUT N°76.559.260 -7, representada por Guillermo Albarto Gajardo Galaz, RUT N° 9.154.576 -4, con giro en Fabricación de maquinaria y otros; ambos domiciliados en Sebastopol Nº 595, comuna de San Miguel, por infracción al artículo 97 N°4 inciso segundo del Código Tributario.
Rolan en autos, A fs. 1 a 69, Comprobante de distribución de causas; documentos fundantes; Acta
Denuncia N°10, de 17.06.19; y documentos adjuntos, consistentes en: acta de notificación; Dos copias de Acta Denuncia N°3, de 03.05.2023; Reservado DJU 16.000 N° 11 de fecha 03.05.2023.
A fs. 70 a 88; Descargos formulados por Sociedad Comercial y Distribuidora Gajardo y Gajardo Ltda., y complemento; Resolución que provee acta de denuncia y ordena acompañar antecedentes, provee descargos formulados por la sociedad denunciada y confiere traslado al S.I.I.; testimonios de notificación.
A fs. 89 a 119; Certificados de envío y recepción que dan cuenta del ingreso a Oficina Judicial Virtual de escritos de la parte denunciante en que asume patrocinio y poder y evacúa traslado; Comprobante de Físico no escaneable que da cuenta de haberse aportado Informe N°
Lpp 16 ARA -3 de 24.06.2022 y documentos aportados en medio electrónico cuya percepción documental consta en audiencia de fecha 14.07.2023.
Extracto del inicio del fallo. El texto completo continúa en la ficha.
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
Funnel transparente: cargando…
Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
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