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Tribunal · solo Pro
SCHURCH GROLLMUS con SII
Fecha: 08-05-2026 · Materia: Liquidación · Juez: orlando_ivan_cuevas_reyes
ACOGE Ha Lugar
Tribunal rechaza reclamo de contribuyente agrícola que no acreditó suficientemente el origen de $98.965.160 utilizados en adquisición de inmueble, confirmando liquidación de IGC por año 2022.
Marcos Schurch Grollmus, agricultor, fue fiscalizado por el SII en programa de revisión de subdeclarantes de IGC. Se cuestionó el financiamiento de adquisición de inmueble en Alta Cumbre por $345.000.000: $248.000.000 con crédito Banco BICE y saldo de $98.965.160 que el contribuyente alegó provenía de retiros de utilidades de Agrícola Coyán SpA de años comerciales 2019 y 2021. El SII rechazó esta acreditación y determinó diferencia de $24.013.706 en IGC año 2022, más reajustes e intereses.
El tribunal establece que el contribuyente debe acreditar el origen de fondos conforme a artículo 70 LIR. Analiza secuencia temporal: retiros supuestamente en 2019 (año tributario 2020), cartolas de 2020, inversión en junio 2021. Concluye que cartolas de BCI no individualizan al contribuyente como destinatario, montos parciales ($32.613.043) son insuficientes, y transcurrió más de un año sin aplicabilidad de presunción de Circular N°8/2000. Respecto a 2021, cartolas de BICE y Santander con glosas de transferencias no se correlacionan con egresos de la sociedad. Certificado de retiros no concue
No ha lugar al reclamo. Se confirma Liquidación N°485.773 de 21 de enero 2025 que determina diferencias de IGC año tributario 2022. Se condena al reclamante en costas por falta de motivo plausible para litigar.
PROCEDIMIENTO GENERAL DE RECLAMACIÓN
RECLAMANTE: MARCOS EDUARDO SCHURCH GROLLMUS
RECLAMADA: SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS Rol · solo Pro
RIT: Rol · solo Pro
CUANTÍA NETA: 349,81 UTM
CUANTÍA BRUTA: 519,52 UTM
Temuco, ocho de mayo de dos mil veintiséis.
VISTOS:
A fojas 1, comparece don José Miguel Espinoza Diaz, abogado, cédula de identidad N°10.477.428-8, domiciliado en Bernardo O’Higgins N° 125, tercer piso, comuna de Temuco, en representación del contribuyente MARCOS EDUARDO SCHURCH GROLLMUS, RUT N° 16.794.448-5, agricultor, domiciliado en pasaje Alta Cumbre N° 02382, casa N° 2 , Temuco, quien interpone reclamo en contra de la Liquidación de Impuesto N° 485.773, de 21 de enero de 2025, emitida por la IX Dirección Regional del Servicio de Impuestos Internos, mediante la cual se determinaron diferencias de Impuesto Global
Complementario correspondientes al año tributario 2022, por la suma de $24.013.706 más reajustes e intereses, fundadas en la falta de justificación del origen de fondos utilizados para financiar inversiones efectuadas por el contribuyente. Solicita se deje sin efecto dicho acto administrativo, con expresa condena en costas, fundado en las consideraciones y argumentos que se resumen a continuación:
Extracto del inicio del fallo. El texto completo continúa en la ficha.
Artículos citados:
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
Funnel transparente: cargando…
Dos motivos principales:
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