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Tribunal · solo Pro
CEA RAMÍREZ con SII
Fecha: 20-05-2026 · Materia: Resolución · Juez: dora_luisa_bastia_santander
RECHAZA No Ha Lugar
Se rechaza reclamo por denegación de devolución de remanente de crédito fiscal IVA. El contribuyente adquirió inmuebles como persona natural antes de iniciar actividades de primera categoría, no cumpliendo requisitos del artículo 27 bis de la Ley de IVA.
Aldo Alexis Cea Ramírez adquirió dos inmuebles el 25 de julio y 10 de agosto de 2022 como persona natural, destinados al arrendamiento. El 14 de septiembre de 2022 dio aviso de cambio de giro iniciando actividad de arrendamiento de bienes inmuebles (código 681011). El 3 de enero de 2023 solicitó devolución de remanente de crédito fiscal por $72.933.392. El SII rechazó la solicitud mediante Resolución Ex. Nº 247099 del 3 de febrero de 2023, argumentando que al momento de adquisición de los inmuebles no era contribuyente afecto a IVA.
El tribunal establece que para acceder a la devolución de remanente de crédito fiscal conforme al artículo 27 bis de la Ley de IVA, el contribuyente debe ser sujeto del impuesto al momento de la operación. El reclamante era persona natural al adquirir los inmuebles (julio-agosto 2022) y solo inició actividad de primera categoría afecta a IVA el 14 de septiembre de 2022. El tribunal rechaza que el plazo de dos meses del artículo 68 del Código Tributario justifique la devolución, considerando que las promesas de compraventa datan de 2018 y 2021. Se concluye que no se configuró el hecho gravado h
Se rechaza el reclamo y se confirma íntegramente la Resolución Ex. Nº 247099 de 3 de febrero de 2023 del SII. Se condena al reclamante en costas por la suma de $2.000.000.
MGG 1
CEA RAMÍREZ con XV DIRECCIÓN REGIONAL METROPOLITANA SANTIAGO
ORIENTE DEL SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS
Rol · solo Pro
Rol · solo Pro
En Providencia, a veinte de mayo de dos mil veintiséis.
VISTOS:
El escrito de 22.05.2023, en que comparece don Matías Ignacio Ahumada Lavín, C.I. N° 17.267.418-6, abogado, en representación convencional de don ALDO ALEXIS CEA
RAMÍREZ en adelante e indistintamente “ el Reclamante”, RUT N° 12.016.647-6, ambos con domicilio en Luis Thayer Ojeda número 1330, oficina 305, de la comuna de Providencia , R.M. quien deduce reclamo tributario en Procedimiento General de Reclamaciones en contra de la Resolución Ex. N° 247099, de fecha 03 de febrero de 2023, la cual deniega la devolución por remanente de crédito fiscal solicitada por la reclamante en su Formulario N° 3280 Folio N° 6004793, de $72.933.392-. (setenta y dos millones novecientos treinta y tres mil trescientos noventa y dos pesos); actuación dictada por la XV DIRECCIÓN REGIONAL METROPOLITANA
SANTIAGO ORIENTE DEL SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS , RUT N° 60.803.315-7, representado en autos por su Directora Regional , doña María José Castillo Vejar , RUT N° 14.213.044-0, ambos domiciliados en Calle General del Canto N°281, piso 5, oficina N°503, comuna de Providencia, ciudad de Santiago, Región Metropolitana.
Rolan en autos:
A fojas 1 a 24, Comprobante de ingreso de causa, escrito de reclamo y documentos fundantes acompañados; resolución que ordena subsanar omisiones en la presentación del reclamo resolución junto a su testimonio de notificación y que corrige datos de la causa; escrito de cumple lo ordenado y de acompaña documentos junto a resolución que tuvo por interpuesto el reclamo y confirió traslado al Servicio de Impuestos Internos (SII), con su notificación por el sitio de internet del tribunal a la parte reclamante y por correo electrónico al Servicio reclamado.
MGG 2
Extracto del inicio del fallo. El texto completo continúa en la ficha.
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
Funnel transparente: cargando…
Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
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