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Tribunal · solo Pro
INVERSIONES CIPRES SPA con SII
Fecha: 15-06-2026 · Materia: Resolución · Juez: jose_antonio_guerrero_uriarte
ACOGE+17.000M Ha Lugar
Se acoge reclamo de contribuyente contra tasación del SII sobre venta de acciones de Soltec. El tribunal declara nulo el agregado a RLI basado en tasación del artículo 64 CT, estimando debe aplicarse impuesto único del artículo 21 LIR.
Inversiones Ciprés SpA enajenó acciones de Soltec el 16 de enero de 2017 a tercero no relacionado por $55.366.569, tras proceso de venta abierto. El SII, en fiscalización, tasó dichas acciones mediante método de valor contable ajustado en $6.027.984.846, agregando la diferencia a la RLI del AT 2018. La contribuyente solicitó devolución de PPUA que fue procesada. El ajuste incidió en la pérdida de arrastre declarada en AT 2019.
El tribunal estima que el SII excedió sus facultades al agregar a la RLI la diferencia derivada de tasación conforme artículo 64 inciso 3 CT, cuando la ley expresamente asigna tal tributación al impuesto único del artículo 21 LIR. Asimismo, la tasación adolece de vicios de fondo: no acreditó notoriedad de diferencia respecto valor corriente en plaza, omitió considerar circunstancias operacionales (proceso abierto, tercero independiente, asesoría especializada, comparación con liquidación), y utilizó método de valor contable ajustado sin fundamento técnico suficiente, prescindiendo arbitrariame
Se acogen reclamos. Se modifica Resolución 2060 dejando sin efecto el agregado por tasación de venta Soltec ($6.027.984.846). Se modifica Resolución 2580 dejando sin efecto el agregado por pérdida de arrastre derivado de la tasación anterior. No se condena en costas por existir motivo plausible para litigar.
EN SANTIAGO, QUINCE DE JUNIO DE DOS MIL VEINTISÉIS.
VISTOS:
Que, a fojas 1 y 218 de autos han ingresado a este Tribunal los escritos a través de los cuales, se reclaman en contra de las Resoluciones N°2060 de fecha 23 de agosto de 2021 y N°2580 de fecha 28 de octubre de 2021 (en adelante las Resoluciones), ambas emitidas por la Dirección Regional Metropolitana Santiago Oriente del Servicio de Impuestos Internos (en adelante SII), las cuales, sin perjuicio de haber sido acumuladas a fojas 212, serán resumidas de manera separada, por estimarlo este sentenciador necesario para una mejor comprensión de la controversia, teniéndose a la vista lo siguiente:
I.- Respecto de la Resolución N°2060, de fecha 23 de agosto de 2021, emitida por la Dirección Regional Metropolitana Santiago Oriente del Servicio de Impuestos Internos.
El escrito de fecha 20 de abril de 2022, rolante a fojas 1 y siguientes de autos, presentado por don LEÓN WIELANDT COVARRUBIAS, abogado, RUT N°17.089.368-9, en representación de la sociedad INVERSIONES CIPRÉS
SPA, RUT N°76.460.090-8 (en adelante, indistintamente, la parte reclamante o reclamante), ambos domiciliados para estos efectos en calle El Bosque Norte N°0440, piso 15, comuna de Las Condes, mediante el cual interpone reclamo de conformidad al Procedimiento General de Reclamaciones establecido en los artículos 123 y siguientes del Código Tributario (en adelante CT), en contra de las Resolución N°2060 de fecha 23 de agosto de 2021, emitida por la Dirección Regional Metropolitana Santiago Oriente del SII, que estableció un rechazo a la pérdida declarada por la reclamante en su declaración anual de renta 1 correspondiente al AT 2018, por un monto de $14.203.964.870.-, rebajándola a $7.806.074.554.-
Extracto del inicio del fallo. El texto completo continúa en la ficha.
Artículos citados:
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
Funnel transparente: cargando…
Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
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