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Tribunal · solo Pro
SII con CORBARI FIGUEROA
Fecha: 25-06-2026 · Materia: Artículo 97 N° 4 del CT
RECHAZA Ha Lugar
Tribunal acoge denuncia por obtención fraudulenta de devoluciones de impuestos mediante simulación de operaciones tributarias con créditos inexistentes de zona franca, imponiendo multa del 100% del perjuicio fiscal.
Elizabeth del Jesús Corbari Figueroa, representante legal y accionista única de Comercial Corbari SPA, declaró en formularios 22 para años 2018-2020 rentas con créditos de primera categoría inexistentes provenientes de la empresa. La sociedad utilizó créditos de zona franca que no correspondían pues carecía de sucursales en zonas francas. Corbari logró devolución de $6.978.716 en 2018 (actualizado a $24.753.724 en febrero 2024), mientras las de 2019 y 2020 fueron denegadas por el SII tras fiscalización.
El tribunal, aplicando reglas de sana crítica y principios del ius puniendi, resolvió que la conducta configura el delito del artículo 97 N°4 inciso tercero del CT, que exige dolo y obtención de devoluciones indebidas. Acreditó mediante documentación de fiscalización, informe complementario y testimonio del fiscalizador que la denunciada simuló operaciones tributarias y utilizó maniobras fraudulentas (créditos de zona franca inexistentes) para obtener devoluciones improcedentes. Comprobó que actuó con malicia deliberada, reiterando conductas irregulares en múltiples períodos, elemento subjetiv
Se acoge acta de denuncia. Se aplica multa a Elizabeth del Jesús Corbari Figueroa de $24.753.724 (100% del perjuicio), actualizable a fecha de pago conforme artículo 53 CT. Se condena en costas a la denunciada. Se ordena cumplimiento por Director Regional SII una vez ejecutoriada la sentencia.
1
“SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS
RIT: Rol · solo Pro.
RUC: Rol · solo Pro.
Santiago, veinticinco de junio de dos mil veintiséis.
CUANTÍA:
Cuantía Neta UTM 373,01
Multa UTM 0
Reajuste UTM 0
Intereses UTM 0
Cuantía Bruta UTM 373,01
VISTOS:
Que, a folio 1 y siguientes del expediente electrónico, consta el Acta de Denuncia N°02, de fecha 03 de septiembre de 2024, emitida por la Dirección Regional Metropolitana Santiago Oriente del Servicio Impuestos Internos, en contra de la contribuyente doña ELIZABETH DEL JESÚS CORBARI FIGUEROA, RUT N°15.957.393-1, domiciliada en calle Longitudinal 6, N°570, Juan Antonio Rios, Independencia, Región Metropolitana, por haber incurrido en infracciones al artículo 97 N°4 inciso tercero del Código Tributario , en virtud de la cual el SII la funda en actuaciones que consisten fundamentalmente en que a raíz de un Proceso de Recopilación de Antecedentes, realizado de conformidad con lo dispuesto en el artículo 161 N°10 del Código Tributario, a la contribuyente la sociedad COMERCIAL CORBARI SPA, RUT N°76.502.801-9, su representante legal y accionista denunciada en estos autos, doña ELIZABETH DEL JESÚS CORBARI FIGUEROA, RUT N°15.957.393-1, se le atribuyen conductas consistente en que, para los años 2018 a 2020, solicita devolución de impuestos, relacionados a créditos inexistentes que provienen precisamente de la sociedad COMERCIAL CORBARI SPA, RUT N°76.502.801 -9 respecto de la cual se acreditaron irregularidades tributarias que se explicarán.
FASE DE DISCUSIÓN
I. ACTA DE DENUNCIA 2
Extracto del inicio del fallo. El texto completo continúa en la ficha.
Artículos citados:
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
Funnel transparente: cargando…
Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
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