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Tribunal · solo Pro
ACADEMIA DE GIMNASIO INTEGRAL FIT LIMITADA con SII
Fecha: 03-07-2026 · Materia: Liquidación · Juez: patricio_ulloa_neira
HA LUGAR EN PARTE Ha Lugar en Parte
Tribunal acoge en parte reclamo contra liquidación de IDPC AT 2022, reconociendo pérdida de arrastre de $758.773.259 según peritaje, rechazando nulidad de citación y rectificatoria vía art. 127 CT.
El SII liquidó diferencias de IDPC AT 2022 por $5.972.347 a Academia de Gimnasio Integral Fit Ltda., rechazando íntegramente la pérdida de arrastre de $820.106.265 declarada en código 1426 del F22, por no acreditarse su origen en el AT 2021. La contribuyente alegó que el F22 AT 2021 fue presentado con errores por la contadora, posteriormente rectificado, y que las pérdidas obedecían al cierre forzado por pandemia y al cambio de régimen de tributación de 14B a 14D N°3 de la LIR.
El tribunal desestimó la nulidad de la citación por ausencia de perjuicio: aunque los antecedentes solicitados eran genéricos, la contribuyente no respondió la citación ni intentó aclarar las omisiones, pudiendo haberlo hecho. Respecto a la pérdida de arrastre, el perito designado validó una pérdida de $758.773.259, menor a la declarada por el contribuyente, compuesta principalmente por el reconocimiento de activos fijos al cambio de régimen (Ley 21.210) y otros gastos pagados. El tribunal estimó compatibles ambas explicaciones del origen de la pérdida (cambio de régimen y pandemia), que los c
Se acoge en parte el reclamo. Se ordena reliquidar reconociendo $758.773.259 como pérdida de ejercicios anteriores del AT 2022. Sin condena en costas por no haber parte totalmente vencida.
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RESUMEN:
PARTES: ACADEMIA DE GIMNASIO INTEGRAL FIT LIMITADA CON SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS.
RUC N°: Rol · solo Pro.
RIT: Rol · solo Pro.
MATERIA: RECLAMO DE LIQUIDACIÓN.
PROCEDIMIENTO: GENERAL DE RECLAMACIÓN.
CUANTÍA: 85,88 UTM.
La Serena, tres de julio de dos mil veintiséis.
VISTOS:
Que a fojas 17 y siguientes, con fecha 20 de noviembre del año 20 25, comparece doña CARLA ANDREA HUERTA MIRANDA, chilena, abogada, cédula de identidad número 15.041.585 - 3, en representación, según se acreditará, de la sociedad ACADEMIA DE GIMNASIO INTEGRAL FIT LIMITADA, sociedad del giro de su denominación, Rol Único Tributario número 76.063.639 -8 (en adelante, la “Sociedad”), todos domiciliados para estos efectos en Avenida Alberto Solari N -1 134 Mall Plaza, La Serena , y viene, dentro del término legal establecido en los artículos 123 y siguientes del Código Tributario, en interponer reclamo tributario en contra de la Liquidación número 220400470 (en adelante, la “Liquidación”), emitida el 26 de marzo de 2025 por la IV Dirección Regional de la Serena del Servicio de Impuestos Internos, notificada por correo electrónico con fecha 31 de marzo de 2025; solicitando se deje sin efecto, en todas sus partes, con expresa condena en costas, en virtud de los siguientes argumentos:
Expone que, en la Liquidación recurrida, la IV Dirección Regional de la Serena del Servicio de Impuestos Internos (en adelante, “SII” o “Servicio”) determinó diferencias de Impuesto de Primera Categoría de la Ley Sobre Impuesto a la Renta (en adelante, “LIR”) al 30 de abril de 2022, por un monto ascendente a $5.972.347, que incluye el reajuste e intereses.
CAPÍTULO I ANTECEDENTES GENERALES
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Extracto del inicio del fallo. El texto completo continúa en la ficha.
Artículos citados:
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
Funnel transparente: cargando…
Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
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