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Tribunal · solo Pro
COMERCIAL GAMI LIMITADA. con SII
Fecha: 03-07-2026 · Materia: Resolución · Juez: christian_marcel_allen_rojas
RECHAZA No Ha Lugar
Tribunal rechaza el reclamo por devolución de impuesto fundado en errores propios del contribuyente, confirmando la resolución del Servicio de Impuestos Internos, y señala que dichas solicitudes deben tramitarse por procedimiento administrativo del artículo 126 CT, no por reclamación tributaria.
Comercial Gami Limitada reclama contra Resolución N°230210835 que rechaza devolución de saldo a favor de PPM por $3.087.280. El SII detectó inconsistencias: pérdida de arrastre declarada en exceso (código 1426 del F22 AT 2023: $558.809.981 en lugar de $523.237.150) y diferencia en honorarios pagados (código 1412: $19.590.798 versus $12.708.498 en DJ 1879). El contribuyente reconoce estos son errores de registro y clasificación contable de su propia declaración.
El Tribunal establece que conforme artículo 126 CT no son reclamables las devoluciones cuyo fundamento sea corregir errores propios del contribuyente. Advierte que cuando la pretensión se funda en equivocaciones en confección de declaración o transcripción de datos, el legislador ha establecido que su corrección debe canalizarse exclusivamente por procedimiento administrativo del artículo 126, dentro de plazos perentorios, no por vía jurisdiccional. Admitir lo contrario desnaturalizaría el sistema, eludiría plazos fatales y generaría revisión indefinida de declaraciones en contradicción con ce
Se declara NO HA LUGAR el reclamo de 31 de marzo de 2026, se confirma Resolución Exenta N°230210835 de 16 de diciembre de 2025. Se ordena oficio al SII para cumplimiento una vez ejecutoriada. No se condena en costas por motivo plausible para litigar.
1
Puerto Montt, tres de julio de dos mil veintiséis.
VISTOS:
A fojas 1, comparece don Claudio Kemp Bustamante, abogado, en representación convencional de Comercial Gami Limitada , empresa del giro de su denominación, RUT 78.329.500 -8, ambos con domicilio en calle Avda. Presidente Ibáñez Nº936, comuna de Puerto Montt , quien deduce reclamo en contra de Resolución N°EX 230210835, de fecha 16 de diciembre de 2025, notificada por correo electrónico con fecha 18 de diciembre de 2025, emitida por el Director Regional del Servicio de Impuestos Internos de Puerto Montt.
La cuantía de la causa asciende a: Cuantía Neta UTM 44,17;
Multa UTM 0; Reajuste UTM 0; Intereses UTM 0; Cuantía Bruta UTM 44,17.
En cuanto a los argumentos de hecho, se expone que la resolución recurrida rechaza la devolución de saldo a favor de PPM ascendente a $3.087.280.-, solicitada por el actor en su Declaración de Renta Anual Formulario 22, Folio N°341200373, fundándose en supuestas inconsistencias detectadas: un exceso en la pérdida de arrastre (Glosa A122) y una diferencia en el monto de honorarios pagados (Glosa B92). No obstante, el actor sostiene que dichas observaciones emanan de errores de carácter meramente formal y contable que no alteran la base imponible ni el derecho al remanente de impuestos.
Señala que, r especto a la Pérdida de Arrastre (Glosa A122) , esta tributa bajo el régimen del Art. 14 D) Nº3 de la L ey de Impuesto a la Renta . Se reconoce un error de registro en el código 1426 del F22 AT 2023, donde se consignó $558.809.981.-. La cifra correcta, declarada en el AT 2022 (código 1440), es de $523.237.150.-. Esta corrección disminuye la pérdida, pero mantiene un resultado negativo de $257.306.405.- para el ejercicio 2022, conservando íntegro el derecho a la devolución de los PPM pagados.
Extracto del inicio del fallo. El texto completo continúa en la ficha.
Artículos citados:
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
Funnel transparente: cargando…
Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
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