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Tribunal · solo Pro
INVERSIONES EL MANZANO LTDA. con SII
Fecha: 30-07-2026 · Materia: Liquidación · Juez: luis_alfonso_perez_manriquez
HA LUGAR EN PARTE+100M Ha Lugar en Parte
Se acoge parcialmente el reclamo. El tribunal rechaza el redondeo previo de las tasas individuales que ordenaba la Circular N° 17/2016, aplicando directamente la fórmula legal con decimales conservados, resultando una tasa de 19,346127559412% (no 19% ni 20%).
Inversiones El Manzano Limitada ejerció la opción de pago del ISFUT con tasa variable el 21 de abril de 2017, declarando e ingresando un impuesto con tasa de 19% sobre base de $34.079.517.437. El SII fiscalizó y emitió Liquidación N° 84 determinando que la tasa debía ser 20%, por error en tasas marginales de una socia (8% en lugar de 13,5% en 2016) y por aproximación previa de promedios individuales antes de ponderar. Diferencia reclamada: $340.795.174 más reajustes e intereses.
El tribunal establece que la norma legal (art. 1° transitorio Ley 20.899 y art. 3° transitorio Ley 20.780) ordena aplicar un promedio ponderado sin contemplar aproximación previa de promedios individuales ni requiere expresar el resultado final en cifras enteras. La Circular N° 17/2016 que instruye redondeo previo no puede modificar factores del cálculo ni alterar la tasa resultante. El Oficio N° 3.086/2015 reconoce que alícuotas fraccionarias obtenidas conforme a ley son válidas. La facultad interpretativa del Director está subordinada a la ley y no puede excederla. Se confirma que la socia M
Se acoge parcialmente el reclamo. Se modifica la Liquidación N° 84 estableciendo tasa variable de 19,346127559412% y diferencia principal de $117.958.602 (en lugar de $340.795.174). Se deja sin efecto la liquidación en lo que exceda esa diferencia. Reajustes e intereses sobre $117.958.602. Sin costas.
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“INVERSIONES EL MANZANO LTDA. con SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS
DIRECCION REGIONAL STGO ORIENTE”
RIT: Rol · solo Pro
RUC: Rol · solo Pro
Cuantía Neta UTM 6665,14
Multa UTM 0
Reajuste UTM 553,21
Intereses UTM 3897,91
Cuantía Bruta UTM 11116,26
Santiago, a treinta de julio de dos mil veintiséis.
VISTOS.
A folios 1 a 9, con fecha 5 de febrero de 2021, comparece don Francisco Javier Hurtado Sotomayor, abogado, en representación convencional de INVERSIONES EL MANZANO
LIMITADA, Rol Único Tributario N° 79.942.850- 4, el primero domiciliado en Avenida Apoquindo N° 3885, piso 18, comuna de Las Condes, y la sociedad representada en Avenida Kennedy N° 5600, oficina 710, comuna de Vitacura, quien, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 123 y siguientes del Código Tributario, interpone reclamo tributario en contra de la Liquidación N° 84, de fecha 27 de abril de 2020, emitida por la Dirección Regional Metropolitana Santiago Oriente del Servicio de Impuestos Internos y notificada por correo electrónico el 28 de abril del mismo año, mediante la cual se determinaron diferencias de Impuesto Sustitutivo, solicitando que dicho acto administrativo sea dejado sin efecto, con expresa condena en costas al organismo fiscalizador.
I. FASE DE DISCUSIÓN.
A. RECLAMO
TRIBUTARIO.
I. ANTECEDENTES.
a) Sobre la reclamante y el cálculo del impuesto sustitutivo (“ISFUT”).
Documento firmado electrónicamente por don/ña Luis Alfonso Pérez Manríquez, el 30-07-2026. Verifique este documento en www.tta.cl, con el siguiente código de verificación 0322af4464c74d8a9284d1b8bea34fc1
Timbre Electrónico
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Señala que Inversiones El Manzano Limitada, RUT N° 79.942.850 -4, es una sociedad de responsabilidad limitada que obtiene rentas sujetas al Impuesto de Primera Categoría y determina su renta efectiva sobre la base de contabilidad completa.
Extracto del inicio del fallo. El texto completo continúa en la ficha.
Artículos citados:
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
Funnel transparente: cargando…
Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
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